En una extensa carta dirigida a la Secretaria General del Consejo de Italianos en el Exterior, una organización representante de la ciudadanía italiana en el exterior repasa lo ocurrido desde el decreto 36 y pide la intervención del Presidente Mattarella en el asunto.
Este martes a las 18, el presidente de la República Italiana, Sergio Mattarella, recibirá en el Palacio Quirinal (sede de la presidencia en Roma) a los representantes de la ciudadanía italiana en el exterior: los consejeros del Consejo General de Italianos en el Exterior (CGIE).
El encuentro es meramente protocolar, y la comitiva del CGIE no estará encabezada por su presidente (el Ministro de Exteriores de Italia, Antonio Tajani), sino por su Secretaria General, Maria Chiara Prodi.
Si bien no se espera más que un discurso y un ágape posterior, el encuentro adquiere relevancia por dos motivos: el primero es que hace más de una década que un Presidente no recibe al CGIE. El segundo es que el encuentro ocurre algunas semanas después de que el Gobierno de Meloni concretara el más duro golpe que un gobierno haya ejecutado contra la ciudadanía italiana en el exterior: el decreto 36 y la consiguiente ley 74.
Se trata de una reforma normativa que cercena drásticamente el derecho de los italianos en el exterior a obtener el reconocimiento de su ciudadanía y a trasmitir la ciudadanía italiana a sus descendientes.
Ante ello, una de las organizaciones surgidas de este conflicto, la Coordinadora Latinoamericana de Italo descendientes (Clid), publicó una carta dirigida a la María Chiara Prodi denunciando la inconstitucionalidad de la reforma y la estigmatización de los descendientes, y reclamando que se solicite al Presidente Mattarella la apertura de espacios de diálogo y revisión de la reforma. Te contamos qué dice la carta.
- También te interesa: Expectativa: Los representantes de la ciudadanía italiana en el exterior se reúnen con Mattarella. ¿Qué pasará este martes 17 en Roma?
Si te interesa la ciudadanía italiana, suscríbete hoy mismo al servicio gratuito de alertas de novedades por WhatsApp: haz clic aquí.
Qué pide la carta del Clid
La carta, dirigida a Maria Chiara Prodi, solicita que este mismo texto sea entregado al Presidente de la República, Sergio Mattarella, y manifiesta un profundo interés en “que se escuche la voz de las distintas comunidades italo-americanas”, directamente afectadas por las recientes modificaciones legales.
La nota afirma que la nueva legislación impulsada por el gobierno en materia de ciudadanía italiana por descendencia ha generado una “profunda preocupación” en las comunidades italianas en el extranjero, debido a que constituye “una amenaza a derechos legítimamente adquiridos por miles de ciudadanos”, y “vulnera el principio del ius sanguinis”.
“En primer lugar quisiéramos expresar nuestra inquietud por la estigmatización de la diáspora italiana”, afirman los firmantes del texto, encabezados por el ítalo chileno Diego Catenacci. El documento repasa además las acusaciones de oportunismo y falta de arraigo, los “ejemplos de casos aislados como si fueran la norma” y las acusaciones de “venta de ciudadanías”, detallando por qué estas afirmaciones son desacertadas.
“Nos enfrentamos a una situación que no solo compromete derechos fundamentales, sino que afecta profundamente la relación entre Italia y sus ciudadanos en el exterior”, dice el texto, que además reclama que se escuchen las voces de los damnificados y “que se abran espacios de diálogo y revisión de esta ley”.
La carta completa de la ciudadanía italiana en el extranjero
Estimada Sra. Maria Chiara Prodi
Secretaria General del Consejo General de los Italianos en el Exterior (CGIE)
Presente.
Nos dirigimos a usted con motivo del plenario de la Asamblea Anual del Consejo General de los Italianos en el Exterior (CGIE) a realizarse el 17 de junio del presente año, instancia en el cual se abordará como tema central el impacto de la nueva ley de ciudadanía italiana, solicitando sea entregada esta nota al Presidente de la República, Avv. Sergio Mattarella.
Deseamos manifestar nuestro profundo interés en que se escuche la voz de las distintas comunidades italo-americanas, quienes han sido directamente afectadas por las recientes modificaciones legales. Nos referimos particularmente al anuncio realizado el 28 de marzo por el Ministro de Asuntos Exteriores, Sr. Antonio Tajani, y a la posterior promulgación del Decreto Ley 26/2025, convertido en la actual Ley 74/2025.
Dicha legislación ha generado una profunda preocupación en las comunidades italianas en el extranjero, ya que no solo constituye una amenaza a derechos legítimamente adquiridos por miles de ciudadanos, sino que además vulnera el principio del ius sanguinis, piedra angular del vínculo histórico, cultural y jurídico que nos une a Italia como Nación.
Este derecho, regulado en diversas ocasiones a lo largo de la historia (Ley n.º 555/1912, Ley n.º 91/1992), constituye para muchos descendientes de la diáspora un elemento esencial de su identidad nacional.
Es común encontrar en casi todas las familias italianas actuales una rama genealógica extendida más allá del Atlántico, lo cual hace aún más dolorosa la entrada en vigencia de esta ley que, en nuestra opinión, no solo vulnera preceptos legales, sino que desconoce más de un siglo de historia común.
En primer lugar quisiéramos expresar nuestra inquietud por la estigmatización de la diáspora italiana
Durante el proceso que dio origen a la Ley 74/2025, observamos con gran aflicción una creciente estigmatización hacia la diáspora italiana por parte de ciertos sectores institucionales y políticos. Este discurso, injusto y generalizador, se manifestó principalmente en tres formas:
A. Acusaciones de oportunismo y falta de arraigo: Se difundió la idea de que los descendientes buscan el pasaporte italiano solo por conveniencia, sin vínculos reales con Italia, una acusación totalmente infundada y subjetiva. Esta visión ignora la historia familiar, el vínculo cultural y el sentimiento identitario profundo que une a millones de ítalo-descendientes con la República Italiana.
B. Ejemplos de casos aislados como si fueran la norma: Algunos parlamentarios, como el senador Roberto Menia, presentaron hechos irregulares —como falsificación de documentos— como si fueran representativos de la mayoría de los trámites. Subrayamos que estos casos son excepcionales y aislados, y no reflejan la realidad de la gran mayoría de los solicitantes, quienes llevan adelante el proceso con integridad, documentación legítima y años de preparación.
C. Acusaciones de “venta de ciudadanías”: Se ha asociado erróneamente la contratación de servicios legales o de gestoría con la compra de ciudadanía. No existe tal cosa como “venta de ciudadanía” desde el punto de vista administrativo. Lo que sí existe son servicios legítimos —como servicios de traducción de documentos, rectificación de actas, asesoramiento genealógico o asistencia judicial (que permiten ejercer el derecho de ciudadanía y están amparados por el Artículo 24 de la Constitución Italiana, que garantiza el acceso a la justicia y la defensa de los derechos.)
Es verdad que la ineficiencia de la plataforma Prenot@mi generó un mercado negro de venta de citas, el cual sistemáticamente hemos repudiado conjuntamente con los Consulados.
Es incomprensible a nuestro parecer, que habiendo generado el Estado Italiano esta modalidad de toma de turnos ineficiente, se responsabilice y castigue al usuario por aquello, entendiendo que tanto el deterioro del servicio como el inescrupuloso negocio de venta de turnos es netamente responsabilidad de la mala gestión del Ministerio de Asuntos Exterior Italiano.
Situación previa al decreto
Incluso antes de la promulgación del decreto, el proceso de reconocimiento de la ciudadanía italiana ya representaba una tarea sumamente compleja para los ítalo-descendientes. Las exigencias impuestas por los consulados -que a menudo iban más allá de la normativa oficial, como la Circolare K.28- incluían requerimientos muchas veces arbitrarios e innecesarios. En algunos casos, se exigían documentos sin relación directa con el solicitante, como actas de segundos matrimonios del Avo, generando retrasos y confusión.
Asimismo, las dificultades para obtener una cita consular eran ampliamente conocidas. En muchos consulados, se asignaban apenas 30 citas mensuales, a pesar de existir miles de solicitantes en espera durante años. A ello se suman las trabas tecnológicas impuestas por los sistemas Prenot@mi y anteriormente Prenota Online, que lejos de facilitar el acceso, terminaron marginando a numerosos usuarios, especialmente adultos mayores, y propiciando un mercado negro de citas.
Varias sugerencias ofrecidas por las comunidades -como permitir el trámite conjunto de miembros directos de una misma familia- fueron sistemáticamente ignoradas, generando un sistema ineficiente y deshumanizado.
Impacto de la nueva ley
La conversión del Decreto Ley 26/2025 en la Ley 74/2025 ha intensificado los problemas existentes, generando una considerable controversia y fuertes críticas por su presunta ilegalidad e inconstitucionalidad, especialmente en lo que respecta a la ciudadanía italiana por descendencia (ius sanguinis).
A continuación, resumimos los principales argumentos que se esgrimen para cuestionar su legalidad:
Violación de principios constitucionales fundamentales:
1. Violación de principios constitucionales fundamentales:
• Igualdad ante la ley (Art. 3, Constitución Italiana). La nueva ley introduce discriminaciones arbitrarias entre descendientes, en función de la generación o fecha de nacimiento.
Esta distinción no se basa en motivos justos o reales, sino en una circunstancia administrativa irrelevante constitucionalmente.
• Derecho imprescriptible a la ciudadanía. Históricamente reconocido por la jurisprudencia italiana, ahora se ve limitado por nuevas restricciones que contradicen esta doctrina.
• Principio de irretroactividad. La ley afecta a solicitantes que ya estaban reuniendo documentos bajo el marco legal previo.
2. Restricción de la ciudadanía por descendencia:
• Excluye a bisnietos y generaciones posteriores.
• Impone requisitos adicionales incluso para hijos y nietos, como demostrar que el ascendiente sólo tuvo nacionalidad italiana o que residió en Italia antes del nacimiento del solicitante.
• Requiere probar un “vínculo real y duradero” con Italia, exigencia difícil de verificar y potencialmente discriminatoria.
• Limita los medios probatorios en sede judicial, excluyendo el juramento y el testimonio oral.
3. Uso inapropiado del instrumento del Decreto Ley:
• Se cuestiona la existencia de una urgencia real que justifique el uso de este mecanismo excepcional en el sistema jurídico italiano.
• La medida fue impuesta sin un debate parlamentario adecuado ni participación ciudadana.
4. Consecuencias sobre procesos en curso:
• Si bien se contemplan excepciones para quienes ya tenían cita consular o juicios iniciados antes del 27 de marzo, muchas personas quedaron fuera de esta ventana debido a las demoras ya descritas.
• Numerosos abogados y organizaciones están preparando acciones legales de inconstitucionalidad e ilegalidad ante los tribunales italianos, incluida la Corte Constitucional, con la esperanza de revertir esta normativa que, a nuestro entender, es profundamente injusta.

Conclusión
Nos enfrentamos a una situación que no solo compromete derechos fundamentales, sino que afecta profundamente la relación entre Italia y sus ciudadanos en el exterior.
Solicitamos, por tanto, que se escuchen nuestras voces durante el plenario del 17 de junio y que se abran espacios de diálogo y revisión de esta ley, que ha dejado fuera a miles de ítalo-descendientes legítimamente vinculados a Italia.
Sin otro particular, le saludamos atentamente.
Coordinadora Latinoamericana de Italo descendientes.







