La normativa española de extranjería reconoce distintos supuestos para que personas extranjeras puedan reunirse con sus familiares en España. En agosto de 2025, el procedimiento de Arraigo familiar para la reunificación familiar presenta particularidades según el vínculo, el tipo de residencia y los requisitos aplicables. Aquí encontrarás una guía completa y actualizada.
La reunificación familiar por arraigo familiar es un procedimiento que permite a personas extranjeras regularizar su situación en España y vivir junto a sus familiares directos.
Este derecho está previsto en la normativa de extranjería y se aplica en diferentes escenarios: desde padres de menores españoles o comunitarios, hasta familiares que requieren apoyo por discapacidad.
El trámite se realiza ante las Oficinas de Extranjería de cada provincia, de forma presencial o telemática, dependiendo del caso.
Puede solicitarse en cualquier momento del año, sin exigencia de permanencia previa en España en algunos supuestos.
En agosto de 2025 la normativa vigente exige requisitos específicos, documentación traducida y legalizada cuando proviene del extranjero, y el cumplimiento de plazos estrictos para su validez.
La importancia radica en garantizar el derecho a la unidad familiar y al mismo tiempo ordenar la residencia legal de las personas extranjeras en territorio español.
¿Cómo tramitar la Reunificación familiar por Arraigo familiar en agosto?
El arraigo familiar se configura como una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales.
Está dirigido a padres, madres o tutores de menores de nacionalidad española o de otro Estado miembro de la Unión Europea, así como a familiares que prestan apoyo a personas con discapacidad que sean comunitarias.
El procedimiento comienza con la cumplimentación del modelo oficial de solicitud EX-10, que debe presentarse acompañado de la documentación exigida.
La presentación se realiza en la Oficina de Extranjería correspondiente al domicilio del solicitante, con cita previa. En todos los casos, es obligatorio el abono de la tasa administrativa (Modelo 790, código 052).
Una de las principales ventajas del arraigo familiar es que no exige un tiempo mínimo de permanencia en España antes de la solicitud, lo que lo diferencia de otros tipos de arraigo que requieren dos años de residencia continuada.
Además, habilita para residir y trabajar en España, tanto por cuenta propia como ajena.
El plazo de resolución es de tres meses desde la entrada de la solicitud en el registro competente. Si transcurre este tiempo sin respuesta, se entiende desestimada por silencio administrativo.
Una vez concedida, el extranjero debe acudir en el plazo de un mes a solicitar su tarjeta de identidad de extranjero (TIE) en la comisaría de policía correspondiente.
¿Cuáles son los requisitos para tramitar la Reunificación familiar por Reglamento de Extranjería?
La reagrupación familiar por Reglamento de Extranjería está destinada a residentes legales en España que deseen traer a determinados familiares. No es lo mismo que el arraigo familiar, aunque ambos comparten el objetivo de preservar la unidad familiar.
Los requisitos más destacados incluyen no ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza; no encontrarse de manera irregular en territorio español; carecer de antecedentes penales en los últimos cinco años; no figurar como rechazable en convenios internacionales; contar con recursos económicos suficientes y disponer de una vivienda adecuada.
Los familiares que pueden ser reagrupados son el cónyuge o pareja registrada (mayor de 18 años), los hijos menores de 18 años o mayores con discapacidad, las personas representadas legalmente, los ascendientes directos mayores de 65 años cuando dependan económicamente, e incluso, en casos justificados, hijos adultos que asumen funciones de cuidadores.
En cuanto a los medios económicos, la persona reagrupante debe acreditar ingresos regulares y fijos. Se exige el 150% del IPREM mensual para una familia de dos miembros, más un 50% adicional por cada miembro extra.
En el caso de menores, se contemplan reducciones. Además, la vivienda debe ser certificada por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento correspondiente como adecuada para el número de convivientes.
Con estos requisitos cumplidos, el familiar puede obtener una autorización de residencia temporal que, una vez concedida, le permitirá residir y trabajar legalmente en España.

¿Cuáles son los documentos y el paso a paso que debes completar para la Reunificación familiar?
El proceso exige una preparación detallada de documentos, que varían según el tipo de reagrupación (arraigo familiar, reglamento de extranjería o residencia de familiares de españoles). En todos los casos, es fundamental presentar copias y exhibir los originales al momento de la solicitud.
Los documentos básicos incluyen:
- Impreso oficial de solicitud (EX-02 o EX-10, según el caso). Haz click en cada formulario para descargarlo.
- Pasaporte completo o título de viaje en vigor.
- Documentos que acrediten el vínculo familiar (certificados de nacimiento, matrimonio, tutela o unión registrada).
- Prueba de recursos económicos suficientes: contratos, nóminas, declaraciones de IRPF, extractos bancarios o transferencias regulares.
- Informe de vivienda adecuada expedido por la Comunidad Autónoma o Ayuntamiento.
- Seguro médico válido en España.
El paso a paso comienza con reunir toda la documentación, traducida y legalizada en caso de provenir del extranjero.
Luego, se debe presentar la solicitud en la Oficina de Extranjería o telemáticamente a través de la sede electrónica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática.







