El nuevo Reglamento de Extranjería entró en vigor recientemente, con cambios que afectan a miles de personas extranjeras en España. La reforma promete simplificar trámites y abrir nuevas vías de regularización, pero también introduce restricciones importantes. Esta guía detalla todo lo que necesitas saber para entender y aplicar la normativa.
El 20 de mayo entró en vigor la reforma del Reglamento de Extranjería, aprobada como Real Decreto 1155/2024 y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 20 de noviembre de 2024.
El cambio, ratificado por el Consejo de Ministros y anunciado por la ministra de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, Elsa Sánchez, tiene como objetivo facilitar el acceso a permisos de residencia y trabajo a través de procesos más ágiles y claros.
Se espera que en el próximo tiempo, los beneficiados por este nuevo enfoque sean más de 300.000 personas al año, tanto en situación irregular como a quienes necesiten renovar o modificar permisos ya existentes.
La reforma afecta a figuras clave como los arraigos, la reagrupación familiar y los visados de búsqueda de empleo, y establece un régimen transitorio para solicitantes de asilo cuya petición haya sido rechazada.
Su impacto real dependerá de la capacidad de las oficinas de extranjería y consulados para absorber el previsible aumento de solicitudes.
¿Qué y cómo funciona el nuevo reglamento de extranjería?
El Reglamento de Extranjería regula las condiciones para que personas extranjeras residan, trabajen y regularicen su situación en España, así como las vías legales de entrada y los derechos y obligaciones de las partes.
Con la reforma, se eliminaron ciertos requisitos, reducido plazos y simplificado la documentación, buscando adaptarse a las realidades sociales y económicas actuales.
Entre las novedades destaca la introducción de un visado de búsqueda de empleo para personas con formación en sectores con alta demanda, así como para descendientes de españoles de origen.
También se facilita que estudiantes e investigadores puedan pasar de una estancia por estudios a un permiso laboral con menos obstáculos, lo que busca retener talento en el país.
Otro cambio relevante es la digitalización de trámites. Las solicitudes y renovaciones podrán presentarse en línea, con notificaciones electrónicas y listados de documentos más claros. Esto reduce la burocracia y evita discrepancias entre oficinas.
El reglamento también actualiza las medidas para colectivos vulnerables, como víctimas de violencia de género o trata, otorgándoles acceso directo a permisos de residencia y trabajo.
Además, mantiene garantías especiales para menores no acompañados, incluyendo requisitos judiciales para su repatriación.
¿Cuáles son las principales figuras del nuevo reglamento de extranjería?
La reforma introduce cambios en las autorizaciones por arraigo, reduciendo el tiempo mínimo de estancia en España de tres a dos años. Sin embargo, ya no cuenta el tiempo como solicitante de protección internacional. Estas son las principales modalidades:
- Arraigo social. Permite la residencia mediante vínculos familiares o informe de integración. No exige oferta de trabajo, pero sí acreditar medios económicos por otras vías.
- Arraigo sociolaboral. Sustituye al anterior arraigo social laboral. Requiere contrato o precontratos de al menos 20 horas semanales, con salario proporcional a las horas.
- Arraigo formativo. Antes llamado arraigo por formación. Permite trabajar hasta 30 horas semanales mientras se realiza un curso y luego convertirlo en permiso laboral.
- Arraigo de segunda oportunidad. Para personas que tuvieron residencia en los dos años anteriores y la perdieron por causas ajenas al orden público, salud o seguridad.
- Arraigo familiar. Ahora restringido a padres de menores y cuidadores de personas con discapacidad de la UE, Comunidad Europea o Suiza.
Cada modalidad tiene requisitos específicos y, en algunos casos, exige la presentación de documentos como contratos, informes autonómicos o certificados de estudios.

¿A través de qué figuras una persona sin nacionalidad española puede aplicar al reglamento?
Las personas sin nacionalidad española pueden acceder a la regularización principalmente por las vías de arraigo, visados o reagrupación familiar, dependiendo de su situación:
- Arraigo social, sociolaboral o formativo, si cumplen con el tiempo mínimo de estancia y otros requisitos establecidos.
- Reagrupación familiar de ciudadanos españoles, aplicable a cónyuges, parejas, ascendientes y descendientes menores de 26 años, aunque con nuevas limitaciones.
- Visado de búsqueda de empleo, destinado a perfiles con formación específica o descendientes de españoles.
- Arraigo de segunda oportunidad, útil para quienes hayan perdido su residencia legal reciente.
Además, durante el primer año de la reforma (20 de mayo de 2025 a 20 de mayo de 2026) existe un régimen transitorio para solicitantes de asilo rechazados, que les permite solicitar arraigo en solo seis meses desde la denegación, siempre que cumplan el resto de requisitos.
¿Cómo aprovechar al máximo el nuevo reglamento de extranjería y qué te permite hacer en España?
La clave para beneficiarse de la reforma es evaluar cuál figura se adapta mejor a tu situación personal y preparar con antelación la documentación necesaria. Al reducirse plazos y requisitos, es fundamental actuar rápido para evitar perder oportunidades, sobre todo en el período transitorio.
Es recomendable:
- Revisar si cumples con los requisitos de alguno de los tipos de arraigo y preparar documentos acreditativos.
- Si eres estudiante o investigador, aprovechar la nueva flexibilidad para combinar estudios y trabajo.
- En caso de vínculos familiares con españoles o ciudadanos de la UE, informarte sobre la reagrupación familiar y sus nuevos límites.
- Consultar con abogados o entidades especializadas para asegurarte de cumplir plazos y requisitos exactos.
En cuanto a derechos, obtener un permiso bajo el nuevo reglamento permite trabajar legalmente, acceder a servicios públicos, cotizar a la Seguridad Social, reagrupar familiares y, en algunos casos, solicitar la nacionalidad española tras un tiempo determinado de residencia legal.








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