Una nueva herramienta oficial busca facilitar un trámite clave que beneficia a descendientes de españoles en el extranjero: la Guía práctica para Ley de Nietos. La reciente publicación aclara requisitos, documentos y procedimientos. Los interesados pueden acceder a formularios y anexos indispensables directamente en la web consular.
El Consulado General de España publicó la Guía práctica para Ley de Nietos, titulada “Guía práctica para solicitudes de nacionalidad por Ley de Memoria Democrática”.
Este documento oficial, de acceso gratuito, explica en detalle los pasos que deben seguir quienes buscan optar por la nacionalidad española a través de esta vía.
La estructura de este documento es aplicable en la mayoría de los consulados de España en el mundo, con la salvedad de que algunos aspectos, como el sistema de solicitud de cita, pueden variar según la oficina consular.
La guía responde a una necesidad concreta: brindar información clara, ordenada y precisa a los descendientes de españoles que cumplen con los supuestos contemplados en la ley, la cual fue promulgada en 2022 como parte de la Ley de Memoria Democrática.
Los interesados pueden encontrar los anexos descargables, las instrucciones de llenado y la lista de documentos exigidos, además de los criterios específicos para cada perfil de solicitante. El lanzamiento se produjo en septiembre y los formularios ya están disponibles en línea.
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¿De qué se trata la Guía práctica para Ley de Nietos?
La guía es un documento oficial creado para estandarizar y facilitar los trámites relacionados con la adquisición de la nacionalidad española al amparo de la Ley de Memoria Democrática, conocida también como Ley de Nietos.
Su propósito principal es servir de orientación a las personas que cumplen con los requisitos y que desean iniciar un expediente de nacionalidad en los consulados de España en el extranjero.
El Consulado General de España en Santiago de Chile fue la primera oficina en difundirla, aunque las instrucciones son válidas en otros países donde también se aplica la normativa.
Lo esencial es que el procedimiento es similar, independientemente del lugar de residencia del solicitante, salvo en la fase inicial de cita consular, que puede presentar diferencias en cada consulado.
Entre las aclaraciones preliminares, la guía recuerda que el solicitante debe llevar su expediente completo en juegos idénticos: dos en el caso de quienes nacieron en Chile y tres si nacieron en otro país distinto.
Cada expediente debe contener, en el orden exacto, los documentos que corresponden a cada supuesto legal, establecidos en los anexos.
En todos los casos, se advierte la importancia de acudir a la cita con el carnet de identidad vigente del país de residencia, o bien con el documento provisorio en trámite. También se indica que la firma de los formularios debe realizarse siempre ante el funcionario consular, no de manera anticipada.
¿Qué contiene la Guía práctica para Ley de Nietos y dónde acceder a los formularios de Anexos?
La guía está organizada en anexos que corresponden a distintos supuestos de descendencia. Cada uno especifica los requisitos documentales y los pasos a seguir. Se incluyen formularios que el solicitante debe completar en su ordenador, imprimir y firmar durante la cita en el consulado.
El Anexo 1 se divide en dos apartados. El primero aplica a hijos o nietos de españoles originarios que perdieron su nacionalidad, mientras que el segundo se dirige a los descendientes de exiliados por motivos políticos, ideológicos o de identidad.
En este último caso, se establecen presunciones de exilio para quienes salieron de España entre 1936 y 1955, y se detallan documentos específicos para los emigrados entre 1956 y 1978.
El Anexo 2 está destinado a hijos nacidos fuera de España de madres españolas que perdieron la nacionalidad al casarse con extranjeros antes de la entrada en vigor de la Constitución de 1978.
Aquí se exige, además de los certificados de nacimiento y matrimonio, un documento acreditativo de la legislación extranjera vigente en el momento del matrimonio, en ciertos supuestos.
El Anexo 3 corresponde a hijos mayores de edad de quienes obtuvieron la nacionalidad de origen por el derecho de opción contemplado en la Ley de Memoria Democrática o en la Ley de Memoria Histórica. Y el Anexo 4, por su parte, regula los casos de hijos menores o de quienes optaron a la nacionalidad española no de origen por aplicación de artículos específicos del Código Civil.
Los documentos, junto con la guía, pueden descargarse directamente desde la web oficial del Consulado General de España en Chile. Las direcciones electrónicas incluyen:
- Guía práctica, en este enlace.
- Anexo 1, aquí.
- Anexo 2 en este link.
- Anexo 3, se puede acceder acá.
- Anexo 4, en este enlace.
Por otra parte, la Hoja declaratoria de inscripción de nacimiento se puede hallar en este link.

¿Cuáles son los pasos específicos que contiene la Guía práctica para cada Anexo y cómo descargar?
La guía establece de manera detallada los pasos que deben seguir los solicitantes según su situación. En todos los supuestos, el primer paso consiste en descargar el formulario correspondiente, completarlo en el ordenador con letra mayúscula y presentarlo sin firmar, ya que la firma se realiza ante el funcionario consular el día de la cita.
Para quienes aplican bajo el Anexo 1(A), se requiere presentar copia del documento de identidad, certificado literal de nacimiento apostillado y, según el caso, los certificados de nacimiento de los progenitores o abuelos españoles.
Además, deben incluirse certificados de matrimonio de los padres si corresponde. En el caso de los solicitantes que ya fueron españoles y perdieron la nacionalidad, los requisitos son más simples y se limitan a presentar el Anexo I y los certificados de nacimiento que acrediten la línea de transmisión.
En el Anexo 1(B), que abarca a descendientes de exiliados, se añaden requisitos adicionales. Se deben acreditar tanto el vínculo familiar con el ascendiente español como la condición de exiliado.
Para ello, la guía indica documentos específicos como pasaportes con sellos de entrada, certificados de registros civiles locales o documentación de organismos internacionales. En función del periodo de salida de España, la prueba de exilio puede variar.
El Anexo 2 contempla documentos que prueban la pérdida de nacionalidad de la madre española por matrimonio. Se requiere, en algunos casos, aportar legislación extranjera de la época y documentos que acrediten la adquisición de la nacionalidad del cónyuge.
Estos requisitos, más técnicos, buscan asegurar la validez de la transmisión del derecho de opción a los hijos.
Los solicitantes bajo Anexo 3 y 4 también deben cumplir con la entrega de certificados de nacimiento apostillados y traducidos, cuando corresponda.
En casos en que los progenitores aún estén en trámite de reconocimiento de nacionalidad, se exige además copia del formulario presentado en su propio expediente. Todos estos documentos deben organizarse en juegos idénticos, en el orden prescrito, para ser entregados en el consulado.
La descarga de la guía y los anexos es gratuita y directa desde los enlaces oficiales. El cumplimiento riguroso de los requisitos y el orden de presentación de documentos es fundamental para evitar retrasos o inadmisiones en el proceso, ya que cada expediente será revisado minuciosamente por el personal consular.








Buenos días quisiera saber que se debe hacer en el caso de mi madre ella tiene el pasaporte español es hija de un español pero hace más de 10 años no renovó pasaporte y ahora se presentó para hacer la renovación y dicen que ella tiene que pedir la nacionalidad de nuevo pero no dicen como le dicen que envíe correos los cuales no le dan solución.
Hola al grupo InfoCivitano en General gracias por la informacion q nos brindan creo q nos aportan y nos ayudan en mucho su trabajo. Muchas gracias a todos.
B tardes, x favor necesito saber por cual anexo debo aplicar si soy bisnieta y mi progenitora es nieta de españoles que nunca perdieron la nacionalidad española ( ambos queremos presentar ahora). Muchas gracias
Buenas tarde sigo fielmente su canal y me a ayudado muchísimo ustedes que siempre tiene la información actualizada me pudiera decir yo estoy en el sistema antiguo de solicitud y hoy en fbook alguien publicó que fue a su cita y que allí un funcionario le dijo que todo el que está el en sistema viejo si no a recibido el justificante que ya está en el sistema nuevo tiene que enviar nuevamente su solicitud por este sistema de lo contrario se quedará fuera si fuera tan amable tiene alguna información al respecto porque si es así se va colapsar nuevamente el sistema y mandaría tu solicitud más para atrás de lo que uno hizo
Hola buen día, necesito me ayuden con esto: mi madre nieta de español inicio un expediente en el 2011 y fue denegada en tiempo de COVID por no entregar un último requerimiento en tiempo, por todo lo que se formó en ese tiempo de COVID que no había ni transporte para ir a la Habana y llevarlo pues somo de la zona oriental, yo hice la reclamación en el tiempo preciso y nunca se me dió respuesta, tenemos su número de expediente de ese tiempo, ahora les pregunto, debe iniciar ella un nuevo expediente? O se puede utilizar toda la documentación que ella entregó dando su número de expediente y a dónde me pudiera dirigir, gracias de antemano por su atención y respuesta
Hola Grettel. Es un caso muy particular. En tu lugar, reclamaría una vez más pero a la par iniciaría un nuevo expediente.
Buenos días,saludos desde Cuba, necesito si orientación o ayuda,estoy tramitando la solicitud de ciudadanía española como bisnieta , tengo copia de la partida de su nacimiento pero no el original ,solicite la inscripción literal al registro civil de Coín Málaga pero me enviaron una notificación negativa ya que su nacimiento es anterior a 1930 y no aparece registrado, entonces necesito saber si el documento que tengo que no es original me sirve para el expediente o en su defecto como podria localizar este original en España , es decir si existe algún link o página por la que pueda hacer la solicitud , la partida en mi poder dice que es del Archivo Histórico de Coín Málaga , le agradecería su atención y recomendación ,feliz día