Los magistrados recibieron a los abogados representantes de italianos por descendencia cuyas demandas se tramitan en 4 tribunales de Italia. El resultado de esta consulta puede determinar el destino de los juicios por inconstitucionalidad de la ley 74, que cambió las reglas de la ciudadanía para bisnietos y tataranietos.
La ciudadanía italiana por descendencia ante una definición fundamental
“La Corte Constitucional de Italia es un organismo creado por la Constitución Italiana para controlar la validez de las leyes dictadas por el Parlamento Italiano, y de los decretos ley dictados por el Gobierno de Italia”, explica Laura Rehder, abogada especialista en ciudadanía italiana.
En diálogo con InfoCivitano, Laura Rehder detalla que estos “jueces de las leyes”, como se los llama, no solo tienen la potestad de anular leyes contrarias a la constitución, sino también pueden dictar sentencias que de algún modo reescriben la ley o insertan nuevos elementos para hacerla compatible con la Constitución.
Actualmente, la Corte está abordando 4 consultas sobre constitucionalidad de las normas vigentes hasta el 27 de marzo de 2025 (fundamentalmente el artículo 1 de la ley 91/92) que regulaban el derecho a la transmisión de la ciudadanía italiana iure sanguinis sin límites generacionales.
“La resolución de la Corte puede definir el destino de los trámites de miles de bisnietos y tataranietos, e incluso el futuro de la reforma legal impulsada recientemente por el Gobierno italiano”, advierte la abogada.
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Una audiencia histórica de la Corte Constitucional
En noviembre pasado, el juez Marco Gattuso del Tribunal de Bologna, elevó a la Corte Constitucional una consulta sobre la constitucionalidad del artículo 1 de la ley 91/92 (ley de ciudadanía italiana). Este artículo es la base de la transmisión sin límites generacionales de la ciudadanía italiana iure sanguinis.
Semanas más tarde, otros jueces que tramitan casos de ciudadanía italiana por descendencia en Milán, Florencia y Roma, elevaron consultas similares, con la particularidad de que, en el caso de Roma, lo hizo una juez no togada, es decir que no ha accedido a la magistratura mediante concurso público, lo que pone en cuestión su independencia respecto al poder político que le asigna el puesto con carácter provisorio.
Además, esta juez romana no sólo puso en cuestionamiento el artículo 1 de la ley 91/92, sino también la ley 555 del año 1912, e incluso el Código Civil, buscando cuestionar la estructura completa del derecho a la ciudadanía italiana por descendencia, una tradición del derecho italiano.
Desde las 9.30 del martes, los 15 jueces de la Corte, un organismo colegiado e independiente cuyos integrantes tienen carácter vitalicio, escucharon a los representantes de los italianos por derecho de sangre, y tras casi 2 horas de audiencia, se retiraron a considerar los casos.
2. La ley N 74 y el discurso de Mattarella fueron parte de las intervenciones
“En sus intervenciones, los abogados hablaron tanto de aspectos técnicos como de aspectos políticos, y tanto de las leyes cuestionadas por los jueces, como también de la reforma impulsada por el Gobierno Italiano en marzo pasado, la cual pidieron que sea declarada inconstitucional”, comentó Laura Rehder, quien estuvo presente en el Palacio de la Consulta, donde tiene sede la Corte Constitucional.
Rehder agregó que “respecto a los aspectos técnicos, se hizo referencia a principios fundamentales del derecho italiano, como el principio de igualdad ante la ley de los italianos por nacimiento, independientemente del lugar de nacimiento, vinculando la idea de la nacionalidad a la participación de una comunidad política y social, más allá del lugar de nacimiento”.
“También se habló del riesgo de privar de la nacionalidad a las personas por motivos políticos, algo expresamente prohibido por la constitución, y de el principio de irretroactividad de la ley, que ha reconocido este derecho que los jueces cuestionan si deben hacerlo efectivo en personas que ya nacieron con la nacionalidad italiana, tal como lo expresaba la legislación ahora derogada por el Gobierno”, explicó.
Según la especialista, también se hicieron alusiones al vínculo entre Italia y sus comunidades en el exterior, destacando que ese vínculo es fuerte y vigente, y que se trata de una relación fuerte hoy, pero también clave en la historia de Italia.
“Cabe destacar que en los argumentos de los abogados, el discurso del presidente Mattarella estuvo presente, reforzando y acompañando la reivindicación de que ese legame (vínculo) ha sido fundamental para la preservación y expansión de la italianidad” destacó Laura Rehder.
3. Para cuándo se espera la resolución de la Corte
Laura Rehder informó en exclusiva a InfoCivitano que el secretario de la Corte informó que la resolución del tema no estaría este mismo martes, pero que sería “pronto”, “debido a la importancia del asunto”.
Ese lapso no determinado, según los letrados, podría ser desde el mismo día de mañana, hasta los próximos 20 días. “Se estima que seguramente sea antes del receso de verano, no más allá del mes de julio. Pero soy optimista de que la respuesta puede incluso llegar esta misma semana”, indicó la abogada.
Rehder también indicó que, sin embargo, todos coinciden en que “más útil que una sentencia rápida, es una sentencia justa, por lo que lo importante es el resultado, más que los tiempos”.
4. Los posibles escenarios finales
Los 4 escenarios que se podían esperar de esta audiencia, son en este momento:
1. Consideración de inconstitucionalidad
La Corte podría resolver que son inconstitucionales las normas anteriores sobre ciudadanía italiana cuestionadas por los jueces que elevaron la consulta. Este sería el peor de los escenarios, ya que ni siquiera una posterior declaración de inconstitucionalidad de la ley 74 podría devolver el derecho a la ciudadanía italiana iure sanguinis.
Los abogados, sin embargo, son muy optimistas de que este escenario no es el más probable, luego de cómo ocurrieron las cosas este martes.
2. No resolución de la Corte
Los magistrados pueden no resolver sobre la cuestión, considerando que se trata de una cuestión abstracta (por plantearse antes de la reforma legislativa) o incluso de una cuestión política legislativa, y devolviéndola para su abordaje en el Parlamento.
Este sería un caso muy grave, ya que evidenciaría un sometimiento de un órgano contra mayoritario (pensado justamente para ponerle freno a los caprichos o irregularidades de las mayorías circunstanciales) al poder político de turno, y dejaría al gobierno prácticamente con vía libre para hacer lo que quisiera en uso de su mayoría.
Órganos como el tribunal constitucional están creados constitucionalmente con la precisa intención de poner frenos a excesos de los poderes de turno. Estos son justamente los momentos en los que se vuelven más necesarios.
3. Reconocimiento de la constitucionalidad del régimen anterior
La Corte también podría determinar que las leyes anteriores eran constitucionales, pero no opinar sobre la constitucionalidad de la ley 74. En este caso, podrían prosperar todos los juicios iniciados antes del decreto Tajani, mientras que los juicios iniciados contra la inconstitucionalidad de la ley 74 deberían resolverse en cada tribunal, o incluso esperar a una resolución posterior del Tribunal Constitucional.

4. Resurrección del artículo 1 de la ley 91/92 y de las normas anteriores
Para que esto suceda, y los italianos por descendencia, sin límites de generaciones, puedan volver a reclamar su ciudadanía, el Tribunal Constitucional debería determinar que el artículo 1 de la ley 91/92 es constitucional y también la inconstitucionalidad de la ley 74, algo planteado por los abogados en esta audiencia.
En caso de que fuese la misma Corte la que resolviera ambas cuestiones, sería el escenario más favorable para bisnietos y tataranietos, incluso para descendientes más recientes como hijos directos o hijos y nietos mayores de edad. Implicaría un regreso al orden jurídico previo al decreto Tajani.
A diario la Dra. Laura Rehder atiende las consultas de decenas de descendientes preocupados por su derecho. Sin embargo, ha brindado gentilmente sus medios de contacto para los lectores de nuestro medio:
Instagram: @laurarehderabogada








Estamos de acuerdo de querer poner orden en relación a la Nacionalidad por descendencia y solicitud de pasaporte. Pero pueden crearse o agregar algunas solicitudes adicionales para su aprobación y no cortarla de raíz. Esperemos que el Senado sea consciente y decida a favor del Ciudadano Italiano.
Completamente de acuerdo con usted 👍🏻
Italia me hace acordar a Argentina. Tratan de resolver (casi nunca lo consiguen) problemas que ellos mismos generan.
Solo esperamos que sea una decisión justa, muchos ya habíamos iniciado el proceso de nacionalización y quedamos en situación de incertidumbre
Me pasa que hace más de 3 años que espero una partida de nacimiento italiana para poder terminar con el trámite ya que hay que rectificar el apellido de mi AVO y la comuna italiana falla en un dato al inicio del certificado, ante el reclamo no se expiden, consecuencia, en 2 meses el consulado deja caer mi trámite. Es agotador. Desde la fecha de solicitud de turno y hoy han pasado 15 años.
Cómo queda la situación jurídica de los italianos nacidos en el exterior, hijos de italianos con doble ciudadanía? Se mencionó que pierden el derecho a reclamar la ciudadanía salvo que residan en Italia por 2 años para obtenerla.
Come si puoi fare con la citadinanza per matrimonio?
La cittadinanza per matrimonio non è in discussione né secondo la nuova legge né secondo quella precedente; è simile alla cittadinanza per residenza. Entrambe sono per scelta e pertanto devono essere accettate per decreto, e l’atto si perfeziona con la formalità di un giuramento, da cui sono esenti i cittadini per ius sanguinis.
Buenas noches aqui Lima Peru, a espera de que se considere la nacionalidad italiana por derecho de sangre bisnieto u tataranieto
Buenas noches aqui Lima Peru, esperando se considere la nacionalidad italiana por derecho de sangre por desendencia bisnieto u tataranieto
Una consulta: Catalina, mi abuela paterna era hija de italianos (Tucci y DeLuca), originarios de la región de Calabria. Ella fue la anteultima de los hermanos . Las hermanas mayores, hasta donde yo sé, nacieron en Italia. Por lo visto, el resto de los hermanos nacieron en Argentina. Ésa situación, ¿me inhibiría para pedir la ciudadanía italiana, en el supuesto caso que yo iniciara el trámite, ya que mi abuela nació fuera de Italia?