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9 de mayo de 2025
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Llegó la hora de los bisnietos por Ley de Nietos: cuáles son los documentos que deben enviar en 2025

Redacción InfoCivitanoby Redacción InfoCivitano
Ley de Nietos
Los bisnietos ya pueden comenzar su trámite. (Canva).
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Aunque la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos) fue pensada para nietos de españoles, muchos bisnietos también pueden iniciar su trámite de spanish citizenship. La clave está en demostrar ciertos requisitos legales. En esta nota, te explicamos en detalle por qué es posible y qué documentos debes presentar en 2025.

  • ¿Por qué la Ley de Nietos habilita a los bisnietos a tramitar la spanish citizenship?
  • ¿Qué documentos deben presentar los bisnietos para tramitar la Ley de Nietos?
  • ¿Qué importancia tiene el documento de extranjería y cómo deben tramitar la Ley de Nietos?

Miles de descendientes de españoles se preguntan si, aun siendo bisnietos, pueden acogerse a los beneficios de la llamada «Ley de Nietos«, vigente hasta octubre de 2025. 

La respuesta es sí, pero con condiciones específicas. El derecho a la ciudadanía española se puede transmitir más allá de la segunda generación, siempre que se pruebe que el abuelo —hijo del español originario— nació cuando su progenitor aún conservaba la nacionalidad española.

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Este criterio, basado en la interpretación del Código Civil español y la doctrina sobre la iure sanguinis, ha sido validado por consulados y expertos. 

Para iniciar el trámite, los bisnietos deben preparar un expediente sólido que incluya pruebas de filiación y documentación que acredite que el ciudadano español no renunció a su nacionalidad antes del nacimiento de su hijo. 

A continuación, detallamos por qué los bisnietos califican, qué deben presentar y qué documentos son clave.

  • También te va a interesar. Ley de Nietos: suenan alarmas a 5 meses del fin de la vigencia de la Ley e incrementan la recepción de expedientes

Si resides en Estados Unidos, puedes tramitar la Ley de Nietos con el apoyo del sistema gratuito y exclusivo por WhatsApp. Recibirás información calificada y alerta para nuevas citas, o cambios en la normativa. Aprovecha los últimos cupos en este enlace.

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¿Por qué la Ley de Nietos habilita a los bisnietos a tramitar la spanish citizenship?

Aunque la Ley de Memoria Democrática fue diseñada para nietos de españoles originarios, su aplicación se extiende a los bisnietos si pueden demostrar que su abuelo o abuela —es decir, el hijo del español originario— también nació siendo ciudadano español. 

Esta interpretación parte del principio de iure sanguinis, que establece que la nacionalidad se transmite por sangre, sin importar el país de nacimiento.

El Código Civil español permite esta transmisión si se comprueba que el padre o madre del abuelo (el bisabuelo, en este caso) conservaba la ciudadanía española en el momento del nacimiento de su hijo. 

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Por eso, no basta con probar el nacimiento en España o el origen español del antepasado: es necesario acreditar que la ciudadanía no se perdió en ningún momento previo a la generación intermedia.

Esta posibilidad no se aplica en todos los consulados, pero está plenamente fundamentada en derecho. Hay oficinas consulares que la admiten expresamente y otras que lo hacen de facto, siempre que el expediente incluya la documentación requerida. 

Por este motivo, los bisnietos interesados deben actuar antes de octubre de 2025 y preparar su solicitud con tiempo.

  • También te va a interesar. Ley de Nietos: la guía definitiva para evitar problemas durante el turno de spanish citizenship

¿Qué documentos deben presentar los bisnietos para tramitar la Ley de Nietos?

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El primer paso es armar un expediente que acredite la línea de descendencia desde el español originario hasta el solicitante. 

Para eso, deben presentarse las actas de nacimiento del bisabuelo o bisabuela español, del abuelo o abuela, del progenitor directo y del solicitante. 

Si alguna de estas actas no está disponible por registro civil, pueden presentarse partidas de bautismo, siempre que vengan acompañadas de una negativa de inscripción.

En los casos donde el abuelo o abuela nacieron después del 11 de abril de 1898 —fecha del Tratado de París—, se debe probar además que el bisabuelo conservaba la ciudadanía española en ese momento. Los documentos clave en ese sentido son:

  • Certificados de extranjería y ciudadanía.
  • Registro del Tratado de París (cuando corresponde).
  • Registro de entrada al país.
  • Jura de intención o renuncia formal ante el registro civil.
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En algunos casos, si la información de extranjería o ciudadanía es negativa o incompleta, pueden utilizarse otros documentos como censos antiguos, escrituras notariales, registros consulares o pasaportes que acrediten el estatus de ciudadano español. 

Toda esta información debe estar perfectamente alineada en nombres, fechas y grafías para evitar rechazos por inconsistencias.

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Ley de Nietos
Todos los requisitos que deben reunir los bisnietos. (Canva).

¿Qué importancia tiene el documento de extranjería y cómo deben tramitar la Ley de Nietos?

El certificado de extranjería es fundamental, ya que indica si el español originario se registró como extranjero en el país de destino sin perder su nacionalidad.

Idealmente, este documento debe dar positivo, mientras que el certificado de ciudadanía debe dar negativo, indicando que no se naturalizó como ciudadano del país receptor.

Cuando ambos documentos son negativos o contradictorios, deben buscarse alternativas. Una posibilidad es demostrar la firma del Tratado de París si el bisabuelo residía en un territorio colonial como Cuba antes de 1900. 

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Este tratado exigía que los españoles declararan su voluntad de conservar la nacionalidad española. Si no firmaron, la situación se complica, pero puede resolverse si el padre del bisabuelo (el tatarabuelo) firmó el tratado y mencionó a su hijo.

Otra opción válida es la jura de intención, un documento que se obtenía en los registros civiles y en el cual el ciudadano declaraba mantener o renunciar a su ciudadanía. 

Si este documento indica que la renuncia fue posterior al nacimiento del abuelo o abuela, se cumple con la condición legal para que el solicitante (el bisnieto) tramite la ciudadanía española.

El trámite se inicia enviando un PDF con las actas de nacimiento y la documentación del solicitante al correo del consulado correspondiente, siguiendo las instrucciones específicas. 

Es esencial presentar el expediente antes del 21 de octubre de 2025, plazo que marca la vigencia de la Ley de Memoria Democrática. Cuanto antes se inicie el proceso, mayor será la posibilidad de conseguir las credenciales a tiempo.

  • También te va a interesar. Saltos en las credenciales de la Ley de Nietos: qué se debe hacer ante uno de los graves pendientes
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Redacción InfoCivitano

InfoCivitano es un medio periodístico digital especializado en migración, visas, pasaportes, ciudadanías extranjeras, becas internacionales y oportunidades de intercambio cultural. Con alcance internacional y un enfoque en el público hispanohablante. Nuestro equipo está conformado por profesionales del periodismo y la comunicación.

Tags: CiudadaníaLey de Memoria Democrática - LMDLey de Nietos
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42 Comentarios
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Marian
1 año atrás

Buenos días si mi abuela nació en 1894 antes de del Tratado de París que debo buscar de mi visabuelo

Responder
Isbel Jaime
1 año atrás
Responder a  Marian

Si su abuela nacio antes del TP su abuela nacio originariamente española, en en ese caso no se necesita acreditar que el bisabuelo haya perdido la nacionalidad porque era español si o si.

Responder
Mirna Infante Gonzalez
1 año atrás

hola mi inquietud es la siguiente q hacer con los certificos de inmigracion y extranjeria,negativos y jura de intencion tambien negativa pero la defuncion indica q murio ostentando la ciudadania española gracias

Responder
Mayra Hernández Benítez
1 año atrás

Hola yo tengo una duda si mi madre que era la bisnieta de los Españoles ya falleció yo no aplicó por hija mayor? Gracias

Responder
Adriana González
1 año atrás

Tengo la misma duda que el comentario
anterior si la bisabuela es quien era la española y se casó con extranjero y por ello perdió la nacionalidad. Los bisnietos pueden aplicar?

Responder
Armanda lopez garcia
1 año atrás

Hay notificación

Responder
Emilio Pelegrin
1 año atrás

En el día de ayer hice mi solicitud para ingresar al sistema, envié el PDF via e-mail, y todavía no he recibido la confirmación de acuse de recibo!! Podrían decir algo al respecto? En las Redes he leído varios casos como el mío

Responder
Margarita
1 año atrás
Responder a  Emilio Pelegrin

Si pues si no se recibe justificante luego trae problemas para la cita

Responder
Rosa perez
1 año atrás
Responder a  Emilio Pelegrin

En mi caso envíe el PDF a la oficina de NY y ellos me respondieron casi un mes después, parece que están atrasados con el volumen de trabajo.

Responder
Yiansy Novoa Urquiza
1 año atrás

Mi duda es que no tengo línea filatoria, porque bisabuelo español obviamente falleció,abuelo paternos de igual manera y mi papá que continuaría y diera lugar a mi también ya falleció
Mi bisabuelo entra según documentos en 1900 y mi abuelo nace 1916
Mi pregunta está ?
Si El nunca renunció a la ciudadanía española el documento redactado dice que nunca se registró en cuba que no aparece registrado en como ciudadano cubano
Aún así debo presentar demostrar por las fechas mencionadas el tratado de París
Le agradecería una respuesta
Gracias

Responder
Irika Navarro
1 año atrás
Responder a  Yiansy Novoa Urquiza

Si tienes pruebas de su entrada al país y certificación de ciudadanía, tratado de París , y jura de intención negativa se demuestra q estaba en el país y no renunció a su ciudadanía española. Ahora ya pueden presentarse los bisnietos de línea filiatoria fallecida por el anexo I presentando los certificados de nacimiento desde el español hasta el solicitante , documentos q prueben q el Español mantenía su nacionalidad al nacer (el hijo) abuelo o abuela del solicitante ,hoja declaratoria de datos del abuelo(el hijo del español). Le recomiendo leer artículos publicados en esta página como llego la hora de los bisnietos y preparación del anexo I entre otros q le aclaran como preparar su expediente. Pero si o si debe tener los documentos q le nombre todas esas certificaciones de nacimiento legalizadas.En el caso de los documentos españoles no llevan legalizaciones extra muchos registros están digitalizados, tienen firma digital y la envían por correo al igual q las negativas cuando no están inscritos esos casos necesitan fe de bautizo.

Responder
Rosabel del Risco Basulto
1 año atrás

Si mi hija está haci los trámites para la ciudadanía española por ser bisnieta de un español y mi hijo se encuentra residiendo en Nicaragua,cómo puede el que está en Nicaragua hacer los trámites al unísono con la hermana en Cuba,desde Nicaragua

Responder
Betty lecuna
1 año atrás

Buenas tarde nnecesito que me explique como hago, para lograr conseguir la partida de nacimiento de mi abuela ella es española, pero no tengo la partida de nacimiento, mi msma esta viva y su mama era española murio

Responder
Irika Navarro
1 año atrás
Responder a  Betty lecuna

Buenas si tienes fecha y lugar de nacimiento puedes escribir al registro civil español de esa demarcación aportando además todos los otros datos q tengas como nombres de padres y abuelos. Si tienes una partida, certificado o fe de bautizo adjunta su foto al correo y te responden por esa vía si están digitalizados te la mandan con firma digital y puedes imprimir todas las q necesiten tu y tus familiares ,si deseas compartirla o ayudarlos , todas serán originales. En Google buscas registros civiles en España y te salen las direcciones y los correos electrónicos. Recomendación en el asunto del correo debes poner SOLICITUD DE CERTIFICACION LITERAL DE NACIMIENTO O EN NEGATIVA. En el cuerpo o texto del correo tus datos grado de parentesco con el español y motivo por el q solicita el documento, luego todos los datos q tenga de su español mientras más datos aporte más rápido se la mandan porq es menor la búsqueda q debe hacer el registrador. Buenas suerte escriba ahora mismo si tiene los datos no pierda tiempo sino busquemos le escribe y espera q ellos contestan sin falta la negativa de mi abuelo me llegó en 3 días, yo aporte todos los datos y una foto de la Fe de bautizo. Ah también hay una página del ministerio de justicia español para sacar certificaciones pero ese es el Registro Central a veces por ahí no lo encuentran por eso recomiendo escribir directamente al registro del lugar donde nació el español para q no pierda tiempo. La primera vez q solicite la de mi abuelo me la enviaron por correo postal a una dirección en España pero como le dije está última fue digital.

Responder
Maria antonia
1 año atrás

Si mi abuela que Era la hija del bisabuelo naciò anyes de el hacerse ciudadano Cubano y està plasmids en una certificacion literal de el bisabuelo, puedo hacer el expediente para la solicitud?

Responder
Analeiky Reaño Ruiz
1 año atrás

Hola tengo una gran duda si mi papa que es el nieto nunca hizo sus papeles y nadie de la familia de cuba los hizo como puedo solicitar la literal de mi bisabuelo por favor le agradeceria si pudieran aclararme

Responder
Osmany Vilariño Hernández
1 año atrás

Se puede enviar el PDF sin legalizar los documentos y después legalizarlos antes de la cita espero respuesta atentamente muchas gracias saludos

Responder
Niurka Buiria del Castillo
1 año atrás

Buenas tardes

Responder
baby
1 año atrás

los tataranietos podremos aplicar despues de que se haga ciudano el bisniesto?

Responder
Dalia Pérez González
1 año atrás

Hola llegará el momento para los tataranietos? Pues en mi caso mi papá es bisnieto y falleció. Pero mi abuela que es la nieta de español aún es viva que debo hacer?

Responder
Waldys Sempere González
1 año atrás

Antes de todo gracias por esta información. Yo enviè mi pdf como anexo 3 y me llego el acuse del consulado 29 de mayo y mi papá por anexo 1 que lamentablemente falleció su bisabuelo nace en alcoy Alicante España en 1864 y su abuelo nace en Cuba en 1896 antes del tratado de paris.quisiera sáber si tengo posibilidad y que tengo que hacer mi línea es paterna. Saludos

Responder
Jorge Miguel loredo luna
1 año atrás

Como se llama el sitio para acceder a la aplicación para tramitar la documentación de la ley de nietos y bisnietos por wasatt gracias

Responder
Raquel González Gonzàlez
1 año atrás

Buenos días, yo soy nieta de Español.la pregunta es; si mis hijos pueden solicitar directamente por mi su ciudadanía, siempre y cuando yo obtenga mi ciudadanía Española.que deben hacer al respecto.Gracias.

Responder
Carlos del toro
1 año atrás

Si el padre del bisnieto aparece que el mismo fue quién se inscribió . No es válido este certificado?

Responder
Irika Navarro
1 año atrás
Responder a  Carlos del toro

Debe solicitar circular 10, es una nota q le ponen en la inscripción y debe presentar certificación de matrimonio de los padres antes de su nacimiento, q prueban la filiación .

Responder
Bañobre Pérez
1 año atrás

Dorayma Rosario

Responder
Arletys Rey Horta
1 año atrás

Buenas ,yo podría enviar mis documentos sin el código QR ,el problema es q en el registro civil por el problema de la electricidad están dando la certificación manuscrita,y yo por ejemplo no estoy insertado ni en el sistema, gracias

Responder
Irika Navarro
1 año atrás
Responder a  Arletys Rey Horta

Esas certificaciones necesitan una legalización extra,del ministerio de justicia de la provincia. Ahora no recuerdo si pasa primero por el municipio le recomiendo ir y explicar para q se va a utilizar y dónde. Eso debe hacerlo antes de mandar a legalizar en MINREX

Responder
Elvira Zaballa
1 año atrás

Hola, mi bisabuelo era español y falleció allí también, tengo su partida de nacimiento, la de mi abuelo y la de mi madre, como hago para conseguir un turno en el consulado español de Caba?

Responder
Elisa Mercedes Nuñez Márquez
1 año atrás

Bien día,si mi abuela nació en cuba en 1891 antes del tratado de París,su padre y abuelos eran españoles naturales de Blanes de gerona Cataluña España según consta en su fé de bautismo yo no tendría tengo que buscar ningún prueba,de jura intención, tratado y entra al País,en espera de su atención saludos

Responder
Idalia alfajores
1 año atrás

Hola Cómo puedo encontrar la fé de bautizo de mi bisabuelo vivió en Zaragoza España Fransisco alfajores García

Responder
Dayana Martin Rojas
1 año atrás

Para mandar el PDF tienen que estar legalizadas ya las actas de nacimiento o las puedo legalizar después y llevarlas legalizadas ya cuando me llegue la cita???

Responder
Ramón López Boudier
1 año atrás

Mi bisabuelo nació en 1876 el 15 de septiembre que documento debo presentar

Responder
Nersa Maria Chacón Hernández
1 año atrás

Buenas tardes, Bendiciones, muy agradecida por permitirme hacer una pregunta e inquietud, mi bisabuelo hizo a sus hijos en Cuba ciudadanos Españoles a todos sus hijos e esposa en mi caso ( mi abuelo), antes del 1890, no he podido lograr la FE de bautismo pues el nació entre los años 1840- 1844 en Martillo y Campo, Puntagorda, la palma, Islas Canarias y no hemos podido lograr encontrar la iglesia o un archivo donde nos podamos remitir para la búsqueda el tiempo se agota y no tenemos una vía de solución, como podrían ayudarme a localizar un correo para escribir, radico en Cuba, Holguin

Gracias por su atención

Nersa Chacón Hernández

Responder
Yoanni perez
1 año atrás

Hola si mi esposo se hace siudadano español yo también puedo octener la siudadania

Responder
Marlenes Hernandez Rapado
1 año atrás

Hola ,mi pregunta es yo me puedo presentar como hija de mi mama en este caso cuando ya ella salga con sus credenciales y todo y mo como bisnieta

Responder
Graciela González Horta
1 año atrás

Dónde presento el acta de nacimiento de mi abuela? Es decir, como obtengo el correo del consulado.?

Responder
Eglis padron
1 año atrás

Hola el 23 de febrero escribí al consulado de España en Houston para solicitar una cita para la ley LMD y aún no e recibido una respuesta por fabor que debo de aser

Responder
Eglis padron
1 año atrás

Soy recidente permanente en los Estados Unidos y nesecito obtener una cita para presenta Mis documentos para la ley LMD

Responder
Mercy Hernandez
1 año atrás

Hola. Cordial saludo

Responder
Malaguy Garcia
1 año atrás

Hola mi duda es q para acogerme a la ley es x bisabuela casada con extranjero(cubano), tiene negativa de migración y extranjería, negativa la jura de intención, el hijo nace en 1913, que otro documento debo buscar para poder probar q ella era Ciudadana Española en el momento de tener a su hijo. Gracias y bendiciones

Responder
Malaguy Garcia
1 año atrás

Hola, quisiera me aclarara la duda de q si aplico x bisnieto pero la bisabuela se caso con un (extranjero) un cubano y el hijo nace en el 1913, tengo negativas de inmigración y extranjería y también negativa de jura de intención y en la defunción solo dice natural de Canarias que documentos debo buscar y donde para probar q mantenía su ciudadania española en el momento en q tuvo a su hijo, agradezco su ayuda . Bendiciones

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