La Ley de Nietos tiene fecha de caducidad, pero la spanish citizenship sigue siendo una posibilidad para los descendientes de españoles. Los interesados pueden acceder a la ciudadanía por la vía de la Opción, un mecanismo regulado por el Código Civil. ¿Quiénes pueden solicitarla y cuáles son los requisitos? Descúbrelo aquí.
La spanish citizenship sin la Ley de Nietos sigue siendo una alternativa viable para miles de descendientes de españoles. A medida que se acerca la fecha límite de octubre para acogerse a esta legislación, muchos buscan otras opciones para obtener la ciudadanía.
Una de las vías legales disponibles es la nacionalidad por Opción, un derecho contemplado en el Código Civil que permite a ciertos descendientes de españoles obtener la ciudadanía sin necesidad de residir en España.
En Miami, este trámite se realiza ante el Consulado General de España, con requisitos y procedimientos específicos.
Este proceso está dirigido principalmente a hijos de españoles de origen, así como a aquellos que cumplan ciertas condiciones establecidas en la normativa vigente. Los solicitantes deben presentar una documentación detallada y cumplir con ciertos requisitos de edad y filiación.
En este artículo, te explicamos qué es la nacionalidad por Opción, quiénes pueden acceder a ella, cuáles son los documentos necesarios y cómo realizar el trámite en Miami.
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¿Qué es la Spanish citizenship por Opción, una alternativa a la Ley de Nietos?
La nacionalidad española por Opción es un mecanismo que permite a ciertos extranjeros obtener la ciudadanía española sin necesidad de residir en el país.
Esta opción está regulada por el Código Civil y se aplica en situaciones específicas, como cuando un progenitor es español de origen o cuando un menor de edad queda bajo la patria potestad de un ciudadano español.
A diferencia de la Ley de Nietos, que tenía un período de vigencia determinado, la nacionalidad por Opción no está sujeta a plazos generales de caducidad. Sin embargo, existen restricciones de edad para algunas categorías de solicitantes.
Por ejemplo, quienes estén o hayan estado sujetos a la patria potestad de un español deben ejercer su derecho dentro de los dos años siguientes a su mayoría de edad o emancipación.
Esta vía ha sido clave para muchas personas que, debido a la limitación temporal de la Ley de Nietos, no lograron presentar su solicitud a tiempo.
En Miami, el Consulado General de España es el encargado de gestionar estos trámites, que requieren la presentación de documentación específica y el cumplimiento de requisitos establecidos por la normativa vigente.
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¿Cuáles son los requisitos para la solicitud de la Spanish citizenship por Opción, sin Ley de Nietos?
Para poder solicitar la nacionalidad española por Opción, los interesados deben cumplir con ciertos requisitos y presentar la documentación correspondiente. Estos requisitos varían según la situación de cada solicitante:
- Hijos de españoles de origen. Si el padre o la madre del solicitante nació en España y era español de origen, el interesado puede optar por la nacionalidad en cualquier momento.
- Menores de edad bajo patria potestad de un español. Los hijos menores de edad cuyos padres hayan optado o recuperado la nacionalidad española pueden solicitar la ciudadanía hasta los 20 años de edad (o dentro de los dos años posteriores a alcanzar la mayoría de edad, según su país de origen).
- Adoptados por españoles después de los 18 años. En este caso, el plazo para optar es de dos años desde la adopción.
- Determinación tardía de filiación o nacimiento en España. Si una persona descubre después de los 18 años que es hijo de un español o que nació en España, tiene un plazo de dos años para optar por la nacionalidad.
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¿Cómo tramitar la Spanish citizenship por Opción, sin Ley de Nietos?
El trámite para obtener la nacionalidad española por Opción en Miami se realiza en el Consulado General de España y requiere una serie de pasos específicos. A continuación, detallamos el procedimiento:
- Solicitud de cita previa. El interesado debe enviar un correo electrónico a la dirección cog.miami.reop@maec.es adjuntando la documentación escaneada en formato PDF en un único archivo, con un límite de 3 MB.
- Revisión de documentos. El Consulado evaluará la documentación enviada y confirmará la cita para la comparecencia personal del solicitante.
- Presentación de documentos originales. En la fecha asignada, el solicitante deberá presentarse con los originales y copias de todos los documentos requeridos.
- Declaración ante el Encargado del Registro Civil. El solicitante mayor de 14 años deberá jurar o prometer fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y las leyes de España.
- Renuncia a la nacionalidad anterior (si aplica). No es necesario para ciudadanos de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal o sefardíes originarios de España.
- Inscripción en el Registro Civil. Una vez aprobado el trámite, se inscribe la nacionalidad en el Registro Civil español, permitiendo al nuevo ciudadano solicitar su pasaporte y otros documentos oficiales.
Para iniciar el trámite, es necesario presentar el certificado de nacimiento del solicitante, apostillado o legalizado, el certificado de nacimiento del padre o madre español, el pasaporte vigente del solicitante.
Además, se debe acompañar con la tarjeta de residente en Estados Unidos o el certificado de Naturalización estadounidense, el certificado de matrimonio de los padres (si aplica) y la documentación actualizada de los progenitores o certificado de defunción. Finalmente, se debe enviar impreso de solicitud y hoja declaratoria de datos firmada por el solicitante.
El trámite es gratuito y, una vez concluido, el nuevo ciudadano español podrá registrarse en el Consulado y solicitar su pasaporte.
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