Si estás tramitando la ciudadanía americana y no puedes afrontar los costos, existe un mecanismo oficial que promueven las autoridades para solicitar la exención del pago de tarifas. Esta nota te guía, paso a paso, sobre cómo presentar correctamente tu caso y qué criterios considera USCIS para aprobar la solicitud.
Miles de personas que buscan obtener la ciudadanía americana (US Citizenship) en Estados Unidos enfrentan un obstáculo común: el costo de las tarifas asociadas al trámite.
Sin embargo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) ofrece una alternativa legal para quienes no pueden pagarlas: el Formulario I-912, Petición de Exención de Pago de Tarifas.
Este beneficio, vigente en todo el país y aplicable a distintas solicitudes migratorias, permite que personas en situación de vulnerabilidad financiera accedan a los beneficios migratorios sin verse frenadas por el costo.
El proceso requiere una justificación detallada, documentación de respaldo y el cumplimiento de criterios específicos, que explicamos en detalle en esta nota.
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¿Cómo presentar una solicitud de exención de pago de tarifas por la ciudadanía americana?
Para solicitar la exención, existen dos vías disponibles: presentación por correo postal o carga digital mediante una cuenta en línea en el portal de USCIS.
En ambos casos, se debe enviar el Formulario I-912 completo (se puede descargar aquí) junto con el formulario principal del trámite para el cual se pide la exención (como el Formulario N-400 para ciudadanía).
Es fundamental no incluir ningún pago si se solicita la exención. Incluirlo invalidaría el procedimiento. El Formulario I-912 debe estar firmado por todos los solicitantes mayores de 14 años o, si se trata de menores, por sus padres o tutores legales.
También es posible presentar una carta escrita en lugar del formulario, siempre que contenga toda la información exigida por USCIS.
La documentación requerida depende del criterio bajo el cual se solicita la exención. Puede incluir cartas oficiales de agencias públicas, comprobantes de beneficios sociales, estados financieros, facturas médicas, entre otros.
Es esencial asegurarse de que todos los documentos en idiomas distintos del inglés cuenten con su traducción completa.
Además de completar el formulario correctamente, es necesario adjuntar el formulario principal del trámite. Presentar solo el I-912 sin el formulario principal causará el rechazo de la solicitud.
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¿Cómo es el criterio de elegibilidad para solicitar el no pago de tarifa por la ciudadanía americana?
Existen tres criterios generales para determinar la elegibilidad a una exención de pago. El primero contempla a quienes reciben actualmente beneficios públicos basados en recursos económicos verificados, como SNAP, Medicaid, TANF o asistencia para vivienda.
El segundo criterio se refiere al nivel de ingresos: el hogar debe contar con un ingreso igual o inferior al 150% de las Guías Federales de Pobreza.
Este umbral se calcula en función del tamaño del hogar y se actualiza anualmente por el Departamento de Salud y Servicios Humanos (HHS). Puede consultarse en este link.
El tercer criterio cubre casos de dificultades económicas extremas. Esto incluye situaciones como desempleo, enfermedades graves, pérdida de vivienda, desastres naturales o divorcios que afecten la estabilidad financiera del solicitante. En estos casos se debe presentar evidencia detallada y coherente.
Además, existen normas especiales sobre cómo se computan los ingresos familiares. Se incluye al solicitante, su cónyuge, hijos menores de 21 años, padres y otros dependientes registrados.
No se incluyen compañeros de vivienda que no aporten al sustento económico, a menos que exista un patrocinio económico explícito.
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¿Cuáles son todos los detalles que debo conocer sobre la excepción de tarifa en ciudadanía americana?
USCIS distingue entre exención de tarifa y exención de pago de tarifa. La primera se aplica automáticamente a ciertos formularios o categorías, sin necesidad de solicitud. La segunda debe solicitarse expresamente a través del Formulario I-912 y está sujeta a evaluación caso por caso.
Para demostrar que se recibe un beneficio basado en recursos económicos verificados, la evidencia debe incluir el nombre del beneficiario, el nombre de la agencia emisora, el tipo de beneficio y una prueba de vigencia (fecha de otorgamiento o renovación). Tarjetas plásticas por sí solas no constituyen prueba válida.
En cuanto a las dificultades financieras extremas, la evidencia puede incluir estados bancarios, talones de pago, facturas médicas, contratos de alquiler, informes de desahucio o declaraciones juradas de miembros de la comunidad. Si no se dispone de pruebas documentales, se debe explicar detalladamente la razón.
Las separaciones conyugales requieren justificación: si el cónyuge no reside en el hogar ni contribuye económicamente, debe presentarse evidencia como órdenes judiciales, acuerdos legales o facturas a nombre individual.
Finalmente, si la solicitud es rechazada, se puede consultar la causa en el Formulario I-797. También es posible contactar al soporte de USCIS escribiendo a: lockboxsupport@uscis.dhs.gov.
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