Una decisión judicial reciente impactó el proceso “Manteniendo a las Familias Unidas” (reunificación familiar) y afectará a quienes aún no tienen la US Citizenship. En esta nota te contamos qué cambia, cómo realizar los nuevos trámites exigidos y cuáles son las condiciones para iniciar o mantener la reunificación familiar desde Estados Unidos.
Desde agosto de 2024, el gobierno de Estados Unidos había puesto en marcha un procedimiento innovador llamado Manteniendo a las Familias Unidas (reunificación familiar), que permitía a cónyuges e hijastros de personas con US Citizenship solicitar un permiso especial para permanecer en el país y luego ajustar su estatus migratorio.
Sin embargo, una decisión del Tribunal de Distrito del Este de Texas anuló este proceso en noviembre del mismo año, generando nuevas exigencias y dudas entre quienes están en trámite de reunificación familiar.
A partir de ahora, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS) ha suspendido el uso del Formulario I-131F y cancelado citas y eventos públicos relacionados.
Esto afecta a unas 550 mil personas que podrían haber sido beneficiadas por el proceso. En este nuevo escenario, las personas que no cuentan aún con la US Citizenship deben cumplir con trámites adicionales, como el Registro Alien, para evitar sanciones e incluso riesgos de deportación. A continuación, todo lo que necesitas saber.
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¿Cómo solicitar la reunificación familiar de parientes sin US Citizenship?
El proceso de reunificación familiar sigue siendo una de las vías más sólidas para que ciudadanos y residentes legales en Estados Unidos puedan reagrupar a sus seres queridos.
En general, los ciudadanos estadounidenses pueden solicitar la entrada o regularización migratoria de cónyuges, hijos, padres y hermanos, mientras que los residentes permanentes legales pueden hacerlo para cónyuges e hijos solteros.
Para iniciar el proceso, se debe presentar el Formulario I-130 (Petición para Familiar Extranjero) ante USCIS, ya sea en línea o por correo postal.
Este documento no otorga estatus migratorio inmediato, pero es el primer paso para acceder a la Green Card. A la petición se deben adjuntar pruebas de la relación familiar (como actas de nacimiento o matrimonio), evidencia del estatus migratorio del solicitante y, en ciertos casos, documentación financiera.
Quienes no cuentan con la ciudadanía deben tener especial cuidado con los requisitos migratorios vigentes. Si el familiar beneficiario ya se encuentra en Estados Unidos, podría aplicar al ajuste de estatus mediante el Formulario I-485.
Si está fuera del país, la vía es el llamado procesamiento consular, que se realiza en una embajada o consulado estadounidense.
A partir de 2025, se suma la obligación del Registro Alien, lo cual implica que quienes aún no tienen la ciudadanía deberán regularizar también su presencia en el país si quieren que su trámite de reunificación continúe sin demoras ni rechazos.
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¿Cuáles son los requisitos para solicitar la reunificación familiar desde Estados Unidos?
La elegibilidad para la reunificación familiar depende del vínculo familiar, el estatus del peticionario y la situación migratoria del familiar beneficiario.
Si eres ciudadano estadounidense, podrás pedir a tu cónyuge, hijos solteros o casados, padres y hermanos. Si eres residente legal permanente, solo a tu cónyuge e hijos solteros.
Para iniciar el proceso, se deben presentar:
- Pruebas de la ciudadanía o residencia legal del peticionario (como pasaporte estadounidense o tarjeta verde).
- Documentación de la relación familiar (actas, pruebas de convivencia, declaraciones juradas).
- Evidencia adicional en caso de hijos adoptivos o hijastros (decretos de adopción, constancias de residencia conjunta).
En la Parte 4 del Formulario I-130 se debe indicar si el beneficiario solicitará ajuste de estatus en EE. UU. o realizará el trámite en el extranjero.
Solo se debe seleccionar una opción. En caso de error o de un cambio posterior de planes, se debe notificar a USCIS o presentar el Formulario I-824 para redirigir el trámite al lugar correcto.
Si el peticionario se convierte en ciudadano durante el proceso, puede actualizar la clasificación migratoria del familiar para agilizar el acceso a la visa. Esta notificación puede hacerse a USCIS o al Centro Nacional de Visas (NVC) según el momento del trámite.
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¿Qué es el Registro Alien y por qué debes completarlo cuanto antes sin US Citizenship?
El Registro Alien es una obligación impuesta por la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), sección 262, que exige a toda persona extranjera que permanezca en Estados Unidos por más de 30 días sin haber adquirido la ciudadanía, registrarse oficialmente.
Desde abril, quienes ingresaron por procesos de reunificación familiar y aún no son ciudadanos deberán completarlo mediante el Formulario G-325R, exclusivamente en línea a través del sitio oficial de USCIS.
Este registro recolecta datos biográficos y migratorios. En caso de no realizarlo, se pueden aplicar sanciones severas: hasta $5.000 de multa o seis meses de prisión. Además, todos los mayores de 18 años deben portar el comprobante de registro en todo momento.
Algunas personas quedan exentas si ya fueron registradas biométricamente en trámites anteriores, pero esto debe confirmarse con asesoría jurídica. La constancia del Registro Alien será exigida en futuras solicitudes de ajuste de estatus o ciudadanía.
Recuerda que la reunificación familiar es el primer paso para acceder a la residencia permanente (Green Card) y, eventualmente, a la ciudadanía.
Quienes obtienen una Green Card pueden iniciar el proceso de naturalización mediante el Formulario N-400, siempre que cumplan con los requisitos generales.
Para solicitar la US Citizenship se requiere tener al menos 5 años de residencia legal continuada (o 3 años si está casado/a con un ciudadano/a estadounidense); aprobar una entrevista con USCIS, un examen de inglés y otro de educación cívica; presentar pruebas de buena conducta moral y completar el Registro Alien si no se había hecho antes.
Es fundamental no tener antecedentes penales que impidan el ajuste de estatus, y asegurarse de que toda la información presentada sea coherente y verificable. USCIS puede denegar la ciudadanía si detecta fraude en el matrimonio o documentos falsos.
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