La nueva Ley 74/2025 establece un plazo definitivo hasta el 31 de mayo de 2026 para que un grupo específico de padres italianos asegure la ciudadanía de sus hijos menores nacidos en el extranjero a través de un nuevo procedimiento.
Las claves
La urgencia de la nueva normativa
Una importante reforma en la ley de ciudadanía italiana, la Ley 74/2025, ha establecido un plazo perentorio que obliga a los ciudadanos italianos con hijos menores nacidos en el exterior a actuar con celeridad.
La nueva normativa introduce un cambio fundamental y fija una fecha límite inaplazable: el 31 de mayo de 2026. Hasta ese día, un grupo específico de menores podrá adquirir la ciudadanía a través de un procedimiento transitorio que, de no completarse a tiempo, podría cerrarles la puerta a este derecho bajo las condiciones actuales. La complejidad del trámite y las conocidas demoras en los consulados hacen imperativo iniciar el proceso de inmediato.
Según lo establecido en la Circolare n. 59 del 17-06-2025 del Ministerio del Interior italiano, este cambio normativo redefine la adquisición de la ciudadanía para ciertos menores nacidos en el extranjero, que ya no será un proceso automático.
Abogados de ciudadanía y gestores de trámites consulares advierten que el plazo es poco conocido y miles de descendientes podrían perder su derecho a la ciudadanía italiana por desinformación. Aquí te contamos quiénes están específicamente afectados por esta nueva disposición transitoria y qué deben hacer para cumplir con los requisitos antes de que el tiempo se agote.
¿Quiénes están alcanzados por este plazo límite?
Es fundamental comprender el alcance de esta norma transitoria, ya que no aplica a todos los casos, sino a una categoría bien definida de menores. La disposición, contenida en el Art. 1, comma 1-ter, del decreto-ley n. 36/25, está diseñada como una ventana de oportunidad para un grupo que de otra manera quedaría sujeto a reglas más estrictas.
Según la norma, para que un menor pueda adquirir la ciudadanía italiana en este plazo especial, debe cumplir con dos requisitos fundamentales:
- El niño debe haber sido menor de edad a la fecha del 24 de mayo de 2025.
- El menor debe ser hijo de un ciudadano italiano cuya ciudadanía fue reconocida iure sanguinis (es decir, por derecho de sangre, ya sea por vía administrativa en un consulado o comuna en Italia, o por vía judicial) a través de una solicitud formalmente presentada antes del 27 de marzo de 2025.
Se aclara que si el menor cumple 18 años antes de la fecha límite del 31 de mayo de 2026, puede presentar la declaración personalmente, siempre dentro del mismo plazo.
Para este grupo específico, el proceso de adquisición de la ciudadanía ya no es automático y requiere un paso activo y formal por parte de los padres, la “declaración de voluntad”.
Cómo es el procedimiento de la «declaración de voluntad»
El nuevo procedimiento representa un cambio de paradigma. La transmisión de la ciudadanía en estos casos ya no es automática por derecho de sangre (iure sanguinis), sino que se adquiere «por beneficio de ley» (per beneficio di legge) a través de un acto formal y explícito. Este acto es la «declaración de voluntad de adquisición» (dichiarazione di volontà di acquisto).
En la práctica, esto significa que ambos padres (o el tutor legal, si corresponde) deben presentar esta declaración personalmente en el Consulado italiano que corresponda a su jurisdicción. Es un trámite presencial que no puede delegarse ni realizarse en consulados honorarios.
Un punto técnico crucial a tener en cuenta es que la ciudadanía se adquiere a partir del día siguiente a la fecha de la declaración. A diferencia del reconocimiento tradicional jure sanguinis, esta modalidad no tiene efecto retroactivo a la fecha de nacimiento del menor.
Este procedimiento formal, además, conlleva una serie de requisitos documentales y costos específicos que los solicitantes deben preparar con antelación.
Requisitos y costos del trámite
El éxito del trámite depende de cumplir con cierta documentación y formalidades administrativas. El día de la cita consular, cuyo procedimiento de solicitud depende de cada consulado, los padres deberán presentarse con el expediente completo.
Los documentos esenciales que se deben presentar son:
- Documento de identidad vigente de ambos padres.
- Comprobante del pago de la tasa consular (equivalente a 250 euros).
- Prueba de la ciudadanía italiana del progenitor (por ejemplo, el certificado de nacimiento italiano con las anotaciones correspondientes o el certificado de ciudadanía).
- Pasaporte o documento extranjero del menor.
- Acta de nacimiento original del menor. Este documento es crítico y debe estar debidamente legalizado (con la Apostilla de La Haya) y acompañado de una traducción oficial al italiano.
Es de vital importancia subrayar que los requisitos específicos para el acta de nacimiento son extremadamente complejos y varían significativamente según el país de emisión y si el menor nació dentro o fuera del matrimonio.
Para evitar errores fatales en la solicitud, es absolutamente indispensable que los solicitantes consulten el sitio web oficial de su consulado italiano correspondiente a su lugar de residencia para obtener las instrucciones precisas sobre la legalización, traducción y las anotaciones requeridas (como la prueba del reconocimiento explícito por parte de ambos padres).
En cuanto al costo, la ley estipula que se debe abonar un contributo de € 250,00 por cada menor al Ministerio del Interior italiano, el cual debe realizarse mediante transferencia bancaria siguiendo las indicaciones específicas proporcionadas por el consulado.
Dada la necesidad de reunir, legalizar y traducir múltiples documentos, el tiempo es un factor crítico, especialmente al considerar los largos plazos de espera en las sedes consulares.

La advertencia clave frente a las demoras consulares
La advertencia central de esta noticia es clara: el plazo legal del 31 de mayo de 2026 no debe confundirse con el tiempo real disponible para actuar. La verdadera limitación es la capacidad de los consulados para procesar las solicitudes y la disponibilidad de turnos.
Obtener una cita en muchos consulados italianos alrededor del mundo puede demorar varios meses, y en algunos casos, incluso más de un año. Esperar hasta el último momento para iniciar el proceso es una estrategia de alto riesgo que podría dejar a los solicitantes sin la posibilidad de presentar la declaración a tiempo, perdiendo así esta oportunidad única para sus hijos.
Por ello, es fundamental iniciar el proceso de solicitud de turno y la recopilación de documentos de inmediato. El llamado a la acción es contundente: si usted es un ciudadano italiano con un hijo menor que cumple con los requisitos descritos, verifique su situación y contacte a su consulado correspondiente lo antes posible. No permita que las demoras burocráticas pongan en riesgo el derecho a la ciudadanía italiana de su hijo.

Qué pasará con quien no se inscriba a tiempo
Si bien dirigentes de la comunidad italiana en el exterior, algunos políticos y abogados vienen reclamando por una extensión del plazo (atento a que hay muy poca difusión sobre este trámite y su plazo), hasta el momento no hay ninguna certeza de que vaya a realizarse una extensión.
Los menores que no sean inscriptos en el plazo podrían quedar fuera de la cláusula transitoria, y perder el derecho a solicitar la ciudadanía italiana en forma definitiva si su padre o abuelo tienen otra ciudadanía además de la italiana, o si su padre no residió en Italia al menos 2 años (antes del nacimiento del menor) en forma legal y continuada.
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Buenas, yo vivo en Italia desde abril del 2024 y tengo una hija de 14 años que vive en argentina con su madre. Es posible hacer su ciudadanía? Obviamente yo ya soy cittadino italiano