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3 de noviembre de 2025
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Ciudadanía italiana: Mónica Restanio desmintió que se haya suspendido la audiencia en la Corte de Casación

Milton Copparoniby Milton Copparoni
ciudadanía italiana InfoCivitano
Mónica Restanio preside la asociación Auci y es una destacada profesional en la materia
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En un mensaje de su estudio jurídico publicado en la red Reddit, se expone que nunca hubo una audiencia confirmada ni tampoco suspendida ante la Corte de Casación, y se advierte por qué es probable que el máximo tribunal no zanje la cuestión de la irretroactividad de la Ley Tajani.

Las claves

  • La ciudadanía italiana de los bisnietos se discute en los tribunales
  • El proceso ante la Corte Constitucional de Italia
  • La cuestión del hijo menor o “Minor Issue”
  • Las aclaraciones de Mónica Restanio Lex
  • Por qué no creen que la Cassazione analice la “retroactividad o no retroactividad” de la Ley 74
  • Nunca hubo audiencia oficial para las Secciones Unidas de la Corte de Casación

    La ciudadanía italiana de los bisnietos se discute en los tribunales

    La reforma del régimen de reconocimiento de la ciudadanía italiana para los descendientes nacidos en el exterior aún se encuentra en disputa judicial. La norma sancionada por el Gobierno italiano (el Decreto 36, conocido como Decreto Tajani) y ratificada como Ley 74 por el Parlamento italiano el 23 de mayo, es señalada por abogados y juristas como inconstitucional.

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    A pesar de la disputa, la norma se encuentra en plena vigencia hasta tanto la Corte Constitucional —único órgano que puede declarar la inconstitucionalidad de una norma— determine si se ajusta o no a la Constitución de la República.

    Mientras tanto, los consulados y las comunas de Italia ya no reciben solicitudes de bisnietos, tataranietos o choznos de ciudadanos italianos, así como tampoco de otros descendientes que no tengan un abuelo exclusivamente italiano, o un padre exclusivamente italiano o que haya residido en Italia al menos dos años consecutivos antes del nacimiento del solicitante.

    El proceso ante la Corte Constitucional de Italia

    Quienes sí continúan recibiendo solicitudes de bisnietos y tataranietos son los abogados especializados, convencidos de que la Corte Constitucional aceptará sus reclamos de invalidez de la nueva norma y dispondrá que ninguna ley de estas características puede ser retroactiva al momento del nacimiento del italiano por sangre.

    Actualmente, uno de esos reclamos judiciales —el de una familia venezolana que litiga en Torino— ya se encuentra en proceso ante la Corte Constitucional, luego de que el juez Fabrizio Alessandria dispusiera la suspensión del juicio y la remisión ante el máximo tribunal de las leyes.

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    Días atrás, se sumó a este proceso el tribunal de Mantova, que también encontró elementos que presumen la inconstitucionalidad de la nueva ley y remitió el caso a la Corte Constitucional para que evalúe el asunto. Se espera que en las próximas semanas otros casos de ciudadanía italiana por vía judicial, que plantean la inconstitucionalidad de la Ley 74, puedan seguir la misma suerte y ser remitidos al Tribunal Constitucional.

    La cuestión del hijo menor o “Minor Issue”

    Mientras el proceso de inconstitucionalidad de la Ley Tajani avanza en la Corte Constitucional —y no se espera audiencia hasta el segundo trimestre del año próximo—, otra causa ha llegado hasta la Corte de Casación italiana (la máxima instancia del poder judicial), que se prepara para una audiencia de las Secciones Unidas, destinada a abordar el caso de los menores (conocido como Minor Issue), que cobró importancia a partir de una circular del Ministerio del Interior italiano del 3 de octubre de 2024.

    Semanas atrás, el abogado italiano Marco Mellone, uno de los citados ante las Secciones Unidas de la Corte de Casación, había indicado que la audiencia ya tenía fecha —el 13 de enero— y que en ella se podría definir la cuestión de la irretroactividad de la Ley 74 (Decreto Tajani).

    El 28 de octubre pasado, el estudio jurídico de Marco Mellone difundió un comunicado en el que anunciaba el aplazamiento de la audiencia ante la Corte de Casación. Según el comunicado, la Corte había tomado la decisión “debido a la importancia de las cuestiones jurídicas involucradas, el Presidente del Tribunal Supremo decidió posponer la audiencia ante las Secciones Unidas para dar más tiempo a los jueces a fin de estudiar los casos y prepararse para la audiencia”.

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    “Esto confirma cuán crucial e histórica será dicha audiencia”, indicaba el texto.

    Sin embargo, InfoCivitano pudo corroborar que no solo no hubo ninguna resolución de aplazamiento, sino que tampoco hubo notificación oficial de audiencia por parte del tribunal.

    Fuentes de la propia Corte de Casación a las que InfoCivitano tuvo acceso indicaron que existía una fecha estimativa indicada en el sistema, pero que las audiencias se comunican formalmente solo cuando son confirmadas. Algo que no ocurrió en este caso; por lo tanto, tampoco existió ninguna suspensión, declaración en ese sentido ni “reenvío” por parte de la presidencia de la Corte.

    Las aclaraciones de Mónica Restanio Lex

    Desde el estudio jurídico Mónica Restanio Lex —único estudio de abogados italianos que participa en todos estos procesos (el proceso ante la Corte Constitucional, ante las Secciones Unidas de la Corte de Casación y el proceso que finalizó en junio pasado con la sentencia 142 de la Corte Constitucional)— realizaron una publicación en redes sociales aclarando los dos puntos centrales que han generado polémica en torno a este asunto:

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    En primer lugar, indicaron que es improbable que la Corte de Casación dictamine sobre la cuestión de la retroactividad o irretroactividad de la Ley 74, ya que es algo ajeno a los casos que se discuten en esa audiencia. Esto es así no solo porque la propia Ley 74 determina que no se aplica a los procesos judiciales iniciados antes del 28 de marzo de 2025 (como son todos los casos que llegarán a la Corte de Casación en esa audiencia), sino también porque esto ya fue confirmado por la Corte Constitucional en su sentencia 142 de junio pasado.

    “1. No creo que la Corte di Cassazione vaya a meterse con la ‘retroactividad o no retroactividad’ del Decreto-Ley n.º 36/2025 y la Ley n.º 74/2025 (el famoso Decreto Tajani). Para mí, la Cassazione solo va a mencionar superficialmente la reforma reciente. Esto es porque, como dice la ley, el Decreto Tajani no aplica —entre otras cosas— a los juicios que empezaron antes de las 11:59 p. m. del 27 de marzo de 2025. Así que no puede ser juzgado por la Corte di Cassazione, al menos en los casos pendientes de la ‘cuestión menor’.”

    “Además, creemos que la Corte Constitucional ya confirmó que el Decreto Tajani no aplica a los juicios que empezaron antes de esa fecha, en la Sentencia n.º 142 de 2025.”

    “La decisión de las Sezioni Unite de la Cassazione sobre la ‘Cuestión Menor’ seguramente va a mencionar esto; pero es muy probable que la Corte decida que el Decreto no tiene nada que ver con los casos que está revisando, porque todos los casos que están ahora en las Sezioni Unite comenzaron antes del 27 de marzo de 2025, a las 11:59 p. m. Esto confirmaría lo que ya dijo la Corte Constitucional.”

    En segundo lugar, señalaron que nunca hubo fecha oficial para la audiencia de las Secciones Unidas de la Corte de Casación en el proceso de la “Cuestión del Menor”, y que la fecha visible anteriormente en el sistema PCT no debe considerarse oficial hasta que la Corte la confirme formalmente a los abogados, ya que las fechas que aparecen en la plataforma pueden modificarse ocasionalmente por razones administrativas internas.

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    Por qué no creen que la Cassazione analice la “retroactividad o no retroactividad” de la Ley 74

    “La Cassazione no está para decir si las leyes son inconstitucionales o para no aplicarlas, sino para asegurar que se interpreten y apliquen correctamente en los tribunales de menor rango”, indica el comunicado del estudio Restanio, que puede leerse en Reddit.

    Agrega que “si la Corte de Casación cree que una ley puede ser inconstitucional, tiene que remitir el asunto a la Corte Constitucional para que lo revise”. “El Decreto Tajani no debería aplicarse a los casos de la ‘Cuestión Menor’ que están ahora en las Sezioni Unite, incluyendo el nuestro, porque todos esos casos se presentaron antes de la fecha clave del 27 de marzo de 2025, a las 23:59”, detalla.

    Nunca hubo audiencia oficial para las Secciones Unidas de la Corte de Casación

    “Hasta ahora, no hemos recibido ninguna comunicación oficial que fije una fecha para la audiencia ante las Sezioni Unite sobre la ‘Cuestión Menor’. Nuestro bufete tampoco ha recibido ninguna notificación de aplazamiento, ya que ni siquiera la fecha que se había mencionado antes (13 de enero de 2026) se había confirmado oficialmente”, indica la publicación del estudio de Mónica Restanio.

    “Las fechas de las audiencias en Italia son muy importantes en el proceso y deben ser comunicadas formalmente por los funcionarios de la Corte (Cancelleria) una vez que se fijan o se modifican.”

    “Esas fechas también aparecen en la plataforma en línea que conecta a los abogados con los tribunales: el Processo Civile Telematico (PCT) del Ministerio de Justicia. En esa plataforma pudimos ver una fecha de audiencia programada para el 13 de enero de 2026.”

    “Cuando nos enteramos de que la audiencia ante las Sezioni Unite se había aplazado, nos sorprendimos mucho —por decirlo suavemente—, porque no habíamos recibido ninguna comunicación oficial de la Corte en ese sentido.”

    “Para aclarar el asunto, contactamos directamente a la Cancelleria de la Cassazione y nos informaron lo siguiente:

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    • Todavía no hemos recibido ninguna comunicación sobre la audiencia, ya que los jueces aún no han fijado oficialmente ninguna fecha.
    • Como no se ha programado formalmente ninguna audiencia, no pudo haber habido ningún aplazamiento.
    • La fecha que se veía antes (13 de enero de 2026) o cualquier otra que aparezca en el sistema PCT no debe considerarse oficial hasta que la Corte la confirme formalmente a los abogados. Las fechas que aparecen en la plataforma pueden cambiar ocasionalmente, pero por razones administrativas internas de la Corte.

    Hasta hoy, no podemos ver ninguna fecha en el PCT, ni siquiera la del 13 de enero.

    Esto no significa que la audiencia no pueda tener lugar el 13 de enero o en otra de las fechas que están circulando, sino que aún no se ha emitido ninguna confirmación oficial”, indicaron.

    La publicación completa del estudio Restanio puede verse en el siguiente enlace:

    Publicación de Mónica Restanio Lex en Reddit

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    Milton Damián Copparoni - Director -InfoCivitano
    Milton Copparoni

    Ítalo-argentino. Director de InfoCivitano.com. Licenciado en Comunicación Social, Universidad Nacional de Córdoba (Argentina). Diplomado en Periodismo Político, Colegio Universitario de Periodismo (Argentina). Enamorado del periodismo social y emprendedor del periodismo migrante. Trabajé como redactor en los diarios digitales Lavoz.com.ar y Cba24n.com.ar Sin periodismo no hay democracia.

    Tags: Ciudadanía Italiana
    Milton Copparoni

    Milton Copparoni

    Ítalo-argentino. Director de InfoCivitano.com. Licenciado en Comunicación Social, Universidad Nacional de Córdoba (Argentina). Diplomado en Periodismo Político, Colegio Universitario de Periodismo (Argentina). Enamorado del periodismo social y emprendedor del periodismo migrante. Trabajé como redactor en los diarios digitales Lavoz.com.ar y Cba24n.com.ar Sin periodismo no hay democracia.

    2 Comentarios
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    Ver todos los comentarios
    Mirta bello
    4 meses atrás

    Quiero hacer una consulta, aquellos que estamos registrados en prenotami desde hace tiempo y no conseguimos turno por demoras del consulado podemos seguir intentando hacer el tramite de ciudadania o tambien nos inhabilita la ley trajani?

    Responder
    Miembro de InfoCivitano
    InfoCivitano
    4 meses atrás
    Responder a  Mirta bello

    Hola Mirta, todos quienes no hayan obtenido un turno hasta el 28 de marzo pasado, ni hayan iniciado proceso judicial hasta esa fecha, quedan bajo el régimen de la ley Tajani, aunque haya sido por culpa del Consulado que no brindó suficientes turnos.
    Las únicas alternativas en este momento son iniciar una demanda judicial reclamando la inconstitucionalidad de la ley, o esperar y cruzar los dedos de que la ley sea anulada por la Corte (y que en el mientras tanto no haya creado más trabas para acceder al derecho) como ocurre con la reciente reforma de los servicios consulares, que establece que los trámites de nacionalidad, a partir de que entre en vigencia, se realizarán en Roma, en formato papel y por correo postal.
    Gracias por su comentario Mirta.

    Responder

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