El Principado de Asturias prorrogó el plazo para justificar las ayudas destinadas a proyectos de promoción y difusión de la emigración y el Retorno a España. La medida, publicada en el Boletín Oficial, modifica los tiempos inicialmente previstos y busca garantizar la correcta ejecución de los proyectos. Todos los detalles, a continuación.
La Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo del Principado de Asturias anunció la ampliación del plazo para justificar las ayudas vinculadas a los proyectos de promoción y difusión de la emigración y el retorno a España.
La nueva fecha límite será el 15 de diciembre de 2025, según lo dispuesto en la resolución publicada el 17 de octubre en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA).
El cambio responde a que, a la fecha de la resolución, aún no se habían resuelto las solicitudes presentadas.
Por ello, el Gobierno autonómico decidió extender los plazos para asegurar que las entidades beneficiarias dispongan del tiempo necesario para cumplir con los requerimientos administrativos. La prórroga afecta a las subvenciones convocadas el 1 de septiembre de 2025, que originalmente fijaban el cierre de justificación el 1 de noviembre.
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¿De qué se trata el plazo para justificación de ayudas y proyectos para el retorno a España?
Las ayudas para proyectos de promoción y difusión de la emigración y el retorno son subvenciones convocadas por el Principado de Asturias con el objetivo de fomentar la visibilidad, preservación y análisis del fenómeno migratorio asturiano.
Estas ayudas financian actividades que promueven tanto la memoria emigrante como la reintegración social y cultural de quienes regresan a la región.
La convocatoria, publicada el 1 de septiembre de 2025, abrió la posibilidad de que las entidades locales asturianas presentaran proyectos entre el 2 y el 30 de septiembre.
Con esta ampliación del plazo de justificación, las actividades deberán haber finalizado antes del 31 de octubre, y los beneficiarios tendrán hasta el 15 de diciembre para rendir cuentas de la ejecución y uso de los fondos.
Entre las iniciativas que pueden recibir financiación se incluyen conferencias, exposiciones, jornadas culturales, presentaciones de libros, actividades formativas y proyectos de investigación sobre la emigración asturiana.
También se financian documentales, publicaciones, digitalización de archivos históricos y participación en ferias o eventos donde se difunda la identidad emigrante.
El crédito presupuestario destinado a esta convocatoria es de 10.000 euros, con una ayuda máxima de 3.500 euros por entidad beneficiaria. Solo se admite la presentación de un proyecto por solicitante, y en caso de duplicidad, se requerirá la renuncia a uno de ellos.
El objetivo principal de estas ayudas es fortalecer el vínculo entre Asturias y su diáspora, además de reconocer la importancia histórica, económica y cultural del retorno en la configuración social del Principado.
¿Quiénes pueden presentar la solicitud de justificación y ayudas de Retorno a España?
Estas subvenciones están dirigidas exclusivamente a las entidades locales del Principado de Asturias, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Esto incluye ayuntamientos, concejos, mancomunidades y otras corporaciones locales que promuevan acciones de interés público relacionadas con la emigración asturiana.
La gestión de las ayudas corresponde al Servicio de Emigración de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo. Este órgano es el encargado de tramitar las solicitudes, evaluar los proyectos y controlar la correcta aplicación de los fondos asignados.
El proceso de resolución de la convocatoria tiene un plazo máximo de tres meses contados a partir del día siguiente a la publicación del extracto en el BOPA. En caso de que no se emita resolución expresa en ese tiempo, el silencio administrativo será desestimatorio, es decir, la solicitud se considerará rechazada.
Para impugnar la resolución, los solicitantes pueden interponer un recurso potestativo de reposición, conforme al procedimiento previsto por la legislación administrativa.
La decisión de ampliar el plazo de justificación se adoptó precisamente para no perjudicar a las entidades que, pese a haber cumplido con la presentación en tiempo y forma, aún no recibieron la notificación de resolución de su solicitud. Con la prórroga, se garantiza mayor seguridad jurídica y una gestión más equitativa.

¿Cómo se debe presentar la solicitud de justificación por Retorno a España?
La presentación de la justificación debe realizarse por vía electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las entidades beneficiarias deben utilizar el Registro Electrónico del Principado de Asturias, accesible desde la sede electrónica autonómica, o el Registro Electrónico General de la Administración del Estado, disponible en este link.
Para la justificación, las entidades deben presentar la siguiente documentación:
- Solicitud en modelo normalizado.
- Ficha de acreedores, si no constan datos previos en la administración o han cambiado.
- Memoria del proyecto detallando actividades, fechas y resultados.
- Presupuesto final con desglose de gastos y fuentes de financiación.
- Certificado del órgano competente de la entidad, que incluya el acuerdo de solicitud, la identificación del representante y la aprobación del presupuesto.
Además, cuando corresponda, deberán aportarse acreditaciones que certifiquen estar al corriente de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal, la Seguridad Social y la Hacienda del Principado de Asturias.
Los proyectos deben haberse ejecutado antes del 31 de octubre de 2025, y la justificación presentada en formato digital hasta el 15 de diciembre, tras la ampliación del plazo. La administración podrá requerir documentación adicional o realizar verificaciones complementarias.
Esta fase de justificación es crucial, ya que de su correcta presentación depende la validación final de la ayuda y la posible concesión de futuras subvenciones a las mismas entidades. Cumplir con los requisitos formales y documentales evita devoluciones de fondos y posibles sanciones administrativas.








1ro .Será infinitamente agradable que se establezca una nueva ley , que permita recobrar la nacionalidad española a cientos de miles de latinos que por diferentes causas no lo lograron al igual que yo,mediante la LMD.
2do.me causa inmenso placer conocer que una de las personas interesadas en estás leyes,tenga el apellido (Alonso ) ,el cual me permitió obtener la nacionalidad española,sea o no familia mía .saludos.