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1 de mayo de 2025
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Ciudadanía italiana | Último momento: el Gobierno envió su propuesta de enmiendas al decreto 36, sin esperanzas para los descendientes

Milton Copparoniby Milton Copparoni
ciudadanía italiana Giorgia Meloni InfoCivitano
Ni un paso atrás. Las propuestas de enmienda que presentó el gobierno este miércoles no retroceden en ningúnos de los puntos del decreto Tajani
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A última hor del miércoles, los senadores italianos recibieron la propuesta del Gobierno Italiano de enmiendas al decreto ley 36 (decreto Tajani). La oferta del gobierno no flexibiliza ninguno de los puntos, sino que por el contrario aumenta el plazo de espera por el trámite por vía administrativa.

  • Días decisivos para la ciudadanía italiana
  • Qué dicen las enmiendas propuestas por el Gobierno al decreto 36
  • Qué dice la segunda enmienda

Días decisivos para la ciudadanía italiana

La Comisión de Asuntos Constitucionales del Senado Italiano es un hervidero. En sus reuniones de esta semana, los representantes de casi todas las bancadas aprovecharon su tiempo para resaltar la inconstitucionalidad del decreto ley 36 (decreto Tajani) que modifica las reglas de la ciudadanía italiana por descendencia y los perjuicios que, advierten, tendrá para la República.

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Los Senadores analizan las 105 propuestas de modificación a la norma (enmiendas) presentadas por sus pares, que votarán entre el viernes y el martes para ver cuáles sugerencias de modificación llegan al recinto para su votación entre el 6 y el 9 de mayo. Luego, será el tiempo de la Cámara de Diputados, donde el gobierno tiene mayoría y se espera una ratificación de lo propuesto por el Senado (con o sin fiducia) sin sobresaltos.

Descartando la posibilidad de reformas por parte de la Cámara de Diputados y los tiempos acotados que existen para el tratamiento de la norma (si no se ratifica en 60 días perderá vigencia), el tratamiento de las enmiendas en la comisión de asuntos constitucionales es la instancia clave para habilitar alguna modificación. Luego de ello, solo quedará la vía de los tribunales para reclamar la inconstitucionalidad, pero se sabe que eso puede demorar mucho tiempo y ser muy costoso para los descendientes.

Este miércoles, el Gobierno de Meloni volvió a mover ficha en el asunto y presentó sus sugerencias de modificación al decreto. Lejos de acercar posiciones con los críticos del proyecto o subsanar aspectos señalados como ilegales, el gobierno mantiene la letra del decreto Tajani en lo que refiere a ciudadanía italiana por descendencia, planteando solo modificaciones o “ajustes” a otros aspectos como readquisición, y ciudadanía italiana por naturalización o matrimonio.

  • También te interesa: Ciudadanía Italiana: el oficialismo logra el 1er despacho positivo al «decreto Tajani», pero abre la puerta al diálogo

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Qué dicen las enmiendas propuestas por el Gobierno al decreto 36

Las enmiendas presentadas por el Gobierno este miércoles no implican ningún cambio en los términos de las restricciones planteadas por el decreto Tajani al derecho de reconocimiento de la ciudadanía italiana de los descendientes.

Las modificaciones apuntan a otros dos aspectos: el plazo de resolución de los reconocimientos de ciudadanía por vía de naturalización y matrimonio. La normativa vigente establecía que este tipo de solicitudes debían resolverse en un plazo de 24 meses, prorrogables a 36, mientras que la corrección del Gobierno propone eliminar esa posibilidad de prórroga.

Expertos consultados por nuestro medio indican que se trataría de una equiparación de los tiempos de resolución de los trámites, con lo que se busca eliminar la diferenciación y llevar al plazo de espera, para todos los casos, a 48 meses máximo (4 años). Esto no tendría vigencia para los trámites iniciados antes del 27 de marzo y que ya se encuentran en curso.

El texto de la primera enmienda: 

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«1-bis. En el artículo 9-ter, párrafo 1, de la Ley 5 de febrero de 1992, n.º 91, se suprimen las palabras: «prorrogables hasta un máximo de treinta y seis meses».

1-ter. A los procedimientos de concesión de la ciudadanía italiana conforme a los artículos 5 y 9 de la Ley 5 de febrero de 1992, n.º 91, que estén pendientes en la fecha de entrada en vigor de lo dispuesto en el párrafo 1-bis, se seguirá aplicando la normativa anterior.»

Versión original:

«1-bis. All’articolo 9-ter, comma 1, della legge 5 febbraio 1992, n. 91, le parole: «prorogabili fino al massimo di trentasei mesi» sono soppresse.

 1-ter. Ai procedimenti di concessione della cittadinanza italiana ai sensi degli articoli 5 e 9 della legge 5 febbraio 1992, n. 91, pendenti alla data di entrata in vigore della disposizione di cui al comma 1-bis, continua ad applicarsi la disciplina previgente.». 

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Qué dice la segunda enmienda

La segunda propuesta está enfocada en los ex ciudadanos italianos que perdieron su nacionalidad por efecto de leyes anteriores, como la del 13 de junio de 1912. 

El cambio más significativo es que quienes hayan nacido en Italia o vivido allí al menos dos años consecutivos y hayan perdido la ciudadanía en ciertos contextos, podrán recuperarla mediante una simple declaración entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027.

También se establece que estas declaraciones, cuando se presenten en consulados, estarán exentas de ciertos requisitos que sí se aplican a otros procesos. Eso sí, el trámite tendrá un costo de 250 euros, según se prevé añadir a la tabla de tasas consulares.

el texto de la segunda enmienda:

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«Artículo 1-bis.

(Readquisición de la ciudadanía a favor de ex ciudadanos)

A la Ley 5 de febrero de 1992, n.º 91, se le introducen las siguientes modificaciones:

a) En el artículo 9-bis, párrafo 2, después de la palabra: «ciudadanía», se insertan las siguientes: «, con excepción de las declaraciones de readquisición presentadas ante una oficina consular,»;

b) En el artículo 17, el párrafo 1 queda sustituido por el siguiente:

«1. Sin perjuicio de lo previsto en el artículo 3-bis, quien haya nacido en Italia o haya residido allí por al menos dos años continuos y haya perdido la ciudadanía en aplicación del artículo 8, números 1.º y 2.º, o del artículo 12 de la Ley 13 de junio de 1912, n.º 555, la readquiere si realiza una declaración en tal sentido entre el 1 de julio de 2025 y el 31 de diciembre de 2027».

En la Sección I de la tabla de tasas consulares que deben cobrarse en las oficinas diplomáticas y consulares, adjunta al decreto legislativo 3 de febrero de 2011, n.º 71, después del artículo 7-bis se inserta el siguiente:

«Artículo 7-ter – Declaración de readquisición de la ciudadanía: 250 euros».

versión original del texto:

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«Art. 1-bis. 

(Riacquisto della cittadinanza a favore di ex cittadini)

 1. Alla legge 5 febbraio 1992, n. 91, sono apportate le seguenti modificazioni:

 a) all’articolo 9-bis, comma 2, dopo la parola: «cittadinanza» sono inserite le seguenti: «, ad eccezione delle dichiarazioni di riacquisto presentate innanzi a un ufficio consolare,»;

 b) all’articolo 17, il comma 1 è sostituito dal seguente: «1. Fermo restando quanto previsto dall’articolo 3-bis, chi è nato in Italia o è stato ivi residente per almeno due anni continuativi e ha perduto la cittadinanza in applicazione dell’articolo 8, numeri 1° e 2°, o dell’articolo 12 della legge 13 giugno 1912, n. 555, la riacquista se effettua una dichiarazione in tal senso in data compresa tra il 1° luglio 2025 e il 31 dicembre 2027».

 2. Alla Sezione I della tabella dei diritti consolari da riscuotersi dagli uffici diplomatici e consolari allegata al decreto legislativo 3 febbraio 2011, n. 71, dopo l’articolo 7-bis è inserito il seguente: «Art. 7-ter. – Dichiarazione di riacquisto della cittadinanza: euro 250″».

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Milton Damián Copparoni - Director -InfoCivitano
Milton Copparoni

Ítalo-argentino. Director de InfoCivitano.com. Licenciado en Comunicación Social, Universidad Nacional de Córdoba (Argentina). Diplomado en Periodismo Político, Colegio Universitario de Periodismo (Argentina). Enamorado del periodismo social y emprendedor del periodismo migrante. Trabajé como redactor en los diarios digitales Lavoz.com.ar y Cba24n.com.ar Sin periodismo no hay democracia.

Tags: Ciudadanía ItalianaDecreto Tajani
Milton Copparoni

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Ítalo-argentino. Director de InfoCivitano.com. Licenciado en Comunicación Social, Universidad Nacional de Córdoba (Argentina). Diplomado en Periodismo Político, Colegio Universitario de Periodismo (Argentina). Enamorado del periodismo social y emprendedor del periodismo migrante. Trabajé como redactor en los diarios digitales Lavoz.com.ar y Cba24n.com.ar Sin periodismo no hay democracia.

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Luca
9 meses atrás

Hola, entonces, se puede tramitar ciudadania italiana x matrimonio, como hasta ahora, en el consulado italiano de Argentina? O eso ya no se puede, porque exigen residir dos años en italia? Gracias desde ya.

Responder

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