Se trata del caso más común: el Supuesto 1A y el Supuesto 1B, que ambos deben presentar el formulario del Anexo 1. En este informe te contamos de qué se tratan estos apartados de la Ley de Nietos y toda la información actualizada para que puedas realizar tu trámite sin problemas.
Tabla de contenidos
La Ley de Memoria Democrática (LMD), reconocida ampliamente como Ley de Nietos, introdujo una nueva disposición que permite a los nietos de españoles que hayan perdido su nacionalidad por exilio durante la Guerra Civil española o la Dictadura franquista obtener la nacionalidad española.
A través de esta normativa se pueden beneficiar las siguientes personas:
- Hijos e hijas mayores de edad de aquellos españoles que perdieron su nacionalidad por exilio durante la Guerra Civil española o la Dictadura franquista.
- Nietos e hijas de aquellos españoles que perdieron su nacionalidad por exilio durante la Guerra Civil española o la Dictadura franquista, nacidos después de la entrada en vigor de la Ley (19 de octubre de 2022).
Los solicitantes deben demostrar que uno o ambos padres fueron españoles y perdieron su nacionalidad por exilio durante la Guerra Civil española o la Dictadura franquista. Pero además, no deben haber tenido nunca la nacionalidad española, ni haber sido condenados por ningún delito en ningún país, y tendrán que prestar juramento de fidelidad al Rey de España y a la Constitución española.
El proceso de solicitud se realiza a través del Consulado General de España en el país de residencia del solicitante. Se requiere presentar una serie de documentos, que incluyen:
- Certificado de nacimiento del solicitante.
- Certificado de nacimiento del padre o madre español.
- Prueba documental que acredite el exilio del padre o madre español.
- Certificado de antecedentes penales del país de residencia.
Para organizar su tramitación, la ley establece casos que son conocidos como Supuestos. En este informe te contaremos de qué se trata el Supuesto 1A (y su par, el 1B).
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Si estás interesado en conocer detalles sobre el anuncio de prórroga de la ley de Nietos, en este informe te contamos todo sobre ello y los simples requisitos que hay que cumplir.
¿Qué es el Supuesto 1A para la Ley de Nietos? Una definición y una lista de ejemplos
Los casos comprendidos en el Supuesto 1A son las personas nacidas fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela sean o hayan sido originariamente españoles.
Te brindamos una serie de ejemplos para que puedas comprender mejor a qué se refiere:
- Nacida en Argentina de madre española. María, nacida en Buenos Aires, Argentina en 1970, es hija de Carmen, una mujer española que se exilió de España durante la Guerra Civil española en 1939. Carmen nunca perdió su nacionalidad española, por lo que María puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1A de la Ley de Nietos.
- Nacido en México de abuelo español. Pedro, nacido en Ciudad de México en 1985, es nieto de Juan, un hombre español que emigró a México en 1960. Juan nunca adquirió la nacionalidad mexicana, por lo que conservó su nacionalidad española. Pedro puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1A de la Ley de Nietos.
- Nacida en Francia de bisabuela española. Ana, nacida en París, Francia en 1992, es bisnieta de Dolores, una mujer española que se exilió de España durante la Dictadura franquista en 1975. Dolores nunca perdió su nacionalidad española, por lo que Ana puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1A de la Ley de Nietos.
- Nacido en Brasil de padre español fallecido. Carlos, nacido en São Paulo, Brasil en 1968, es hijo de José, un hombre español que falleció en 1972. José nunca perdió su nacionalidad española, por lo que Carlos puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1A de la Ley de Nietos, incluso después del fallecimiento de su padre.
- Nacida en Chile de madre española que perdió la nacionalidad por matrimonio. Isabel, nacida en Santiago de Chile en 1955, es hija de Ana, una mujer española que perdió su nacionalidad española al casarse con un hombre chileno en 1950. Bajo la ley española de la época, las mujeres españolas perdían su nacionalidad al contraer matrimonio con extranjeros. Sin embargo, la Ley de Memoria Democrática ha restaurado la nacionalidad española a las mujeres que la perdieron por este motivo, por lo que Isabel puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1A de la Ley de Nietos.
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¿Qué es el Supuesto 1B para la Ley de Nietos? Su definición y una lista de ejemplos
En el caso del Supuesto 1B deberán presentarse los nacidos fuera de España cuyo padre o madre, abuelo o abuela hubiesen perdido o renunciado a la nacionalidad por causa del exilio.
Una lista de ejemplos para que entiendas su dimensión:
- Nacida en Argentina de madre española que renunció a la nacionalidad por exilio. Mariana, nacida en Buenos Aires, Argentina en 1975, es hija de Laura, una mujer española que se exilió de España durante la Guerra Civil española en 1939. Laura renunció a su nacionalidad española por temor a las represalias del régimen franquista. Mariana puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1B de la Ley de Nietos.
- Nacido en México con un abuelo español que perdió la nacionalidad por exilio. Pablo, nacido en Ciudad de México en 1990, es nieto de Roberto, un hombre español que se exilió a México en 1962 debido a su activismo político contra la Dictadura franquista. Roberto perdió su nacionalidad española por no haber realizado los trámites necesarios para conservarla durante el exilio. Pablo puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1B de la Ley de Nietos.
- Nacido en Francia con una bisabuela española que perdió la nacionalidad por exilio. Sofía, nacida en París, Francia en 2000, es bisnieta de Emilia, una mujer española que se exilió de España durante la Guerra Civil española en 1936 junto a su familia. Emilia nunca pudo regresar a España por temor a las represalias y falleció en el exilio sin haber recuperado su nacionalidad española. Sofía puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1B de la Ley de Nietos.
- Nacido en Brasil de padre español que perdió la nacionalidad por exilio. Diego, nacido en São Paulo, Brasil en 1978, es hijo de Manuel, un hombre español que se exilió a Brasil en 1976 debido a su militancia en un partido político opositor al régimen franquista. Manuel perdió su nacionalidad española por no haber realizado los trámites necesarios para conservarla durante el exilio. Diego puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1B de la Ley de Nietos.
- Nacida en Chile de madre española que perdió la nacionalidad por exilio y luego la recuperó. Carla, nacida en Santiago de Chile en 1960, es hija de Rosa, una mujer española que se exilió de España durante la Guerra Civil española en 1939 junto a su familia. Rosa perdió su nacionalidad española durante el exilio, pero la recuperó en 1978 tras la muerte del General Franco. Sin embargo, Carla no pudo adquirir la nacionalidad española por filiación debido a que su madre la recuperó después de su nacimiento. Bajo la Ley de Memoria Democrática, Carla puede solicitar la nacionalidad española por el Supuesto 1B de la Ley de Nietos, en calidad de hija de una mujer española exiliada.
¿Qué documentos presentar para solicitar la ciudadanía española por Ley de Nietos con el Anexo 1?
Ambos supuestos, el 1A y el 1B, requieren de la presentación de documentación similar para poder realizar el trámite.
La lista es la siguiente:
- Rellenar el formulario Anexo 1, en este enlace.
- Rellenar la hoja declaratoria de datos, a través de este link.
- Documento que acredite la identidad del solicitante y su residencia en la demarcación consular.
- Certificación literal de nacimiento del solicitante (expedida por el Registro Civil de donde nació) debidamente legalizada con la apostilla de La Haya.
- Certificación literal de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela del solicitante, que originariamente hubieran sido españoles.
- En su caso, si la solicitud se formula como nieto/a de abuelo/a originariamente español, se aportará, además, certificación literal de nacimiento del padre o madre – el que corresponda a la línea del abuelo o abuela españoles- del solicitante.
- En el caso de los abuelos, si no existen la partida de nacimiento, se podrá presentar el certificado de bautismo. En este caso, el certificado de bautismo deberá ir acompañado de una certificación negativa del registro civil.
- Acta o libreta de matrimonio de los padres del solicitante. Si la solicitud se formula como nieto/a de abuelo/a originariamente español, se aportará, además acta o libreta de matrimonio de estos abuelos. Si no se aporta documentación acreditativa del o de los matrimonios requeridos, habrán de presentar la partida de nacimiento del cónyuge extranjero.
En el caso del Supuesto 1B, deberán presentar los mismos Anexos, Hoja declaratoria y documentos, hasta las certificaciones, en las que deberán incluir los siguientes documentos en vez de los anteriores:
- Certificado literal de matrimonio de la madre con extranjero contraído antes del 29 de diciembre de 1978, expedida por el Registro Civil donde fue inscrito. En caso de que no fuera un Registro Civil español, el certificado deberá estar apostillado o legalizado.
- Únicamente en el caso de matrimonios formalizados entre el 5 de agosto de 1954 y el 28 de diciembre de 1978, ambos años incluidos, deberá aportarse, además, documentación que acredite la adquisición por la madre de la nacionalidad del marido y documento acreditativo de la legislación extranjera en materia de adquisición de la nacionalidad por matrimonio vigente en la fecha en que éste tuvo lugar.
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Quisiera saber si ya existen gente con este trámite terminado y dispuestos a viajar a España o a otro lado de EUROPA…O TODAVIA NO HAY NADIE
Quisiera saber con qué ley es q se puede hacer la ciudadanía española teniendo a mi bisabuelo q era español , a mi abuela y a mi madre muerta . Y si necesito datos de mi padre q si está vivo