La nueva convocatoria ya está en marcha y contempla un presupuesto millonario para asistir a ciudadanos con nacionalidad española fuera de la península ibérica que atraviesan situaciones de vulnerabilidad en el extranjero. Beneficiarios, montos, requisitos, plazos y pasos clave forman parte de un programa que exige atención a cada detalle para no quedar fuera.
La Secretaría Xeral da Emigración abrió la convocatoria del programa de Ayudas Económicas Individuales destinadas a personas emigrantes gallegas residentes en el exterior que posean la nacionalidad española y atraviesen una situación de necesidad.
La medida fue formalizada mediante la Resolución del 16 de enero de 2026, publicada el 5 de febrero en el Diario Oficial de Galicia (DOG nº 24), bajo el código de procedimiento PR925A.
El programa está dirigido a emigrantes nacidos en Galicia, mayores de edad, residentes en países extranjeros donde el Estado español tenga fijada una base de cálculo para la prestación por razón de necesidad, así como a determinados familiares.
Las solicitudes podrán presentarse desde el 6 de febrero a las 9:00 hasta el 6 de abril de 2026 a las 20:00. El objetivo es contribuir con recursos económicos en euros que permitan cubrir necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria cuando no exista cobertura suficiente.
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¿Qué son las Ayudas Económicas Individuales y quiénes con nacionalidad española pueden solicitarlas?
Las Ayudas Económicas Individuales son subvenciones de carácter extraordinario, no periódico y social.
Se conceden en régimen de concurrencia no competitiva y están destinadas a personas emigrantes de nacionalidad española y origen gallego que residan fuera de España y acrediten precariedad económica o sociosanitaria.
El programa contempla como beneficiarias a personas emigrantes nacidas en Galicia, mayores de edad, que vivan en países para los cuales el Estado español haya fijado una base de cálculo para la prestación por razón de necesidad en el año anterior al de la convocatoria.
Además, pueden solicitarlas sus hijos e hijas mayores de edad —con excepción en casos de violencia de género— siempre que tengan nacionalidad española y estén vinculados a un municipio gallego en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (PERE) antes de finalizar el plazo de presentación.
También se prevén situaciones excepcionales en caso de fallecimiento.
Podrá ser beneficiario, por una sola vez, el cónyuge viudo, pareja de hecho o relación análoga de afectividad de una persona beneficiaria en la última convocatoria que haya fallecido en los doce meses anteriores al cierre del plazo 2026, siempre que cumpla los requisitos establecidos.
Asimismo, podrá acceder un miembro de la unidad familiar de una persona solicitante que reúna las condiciones y fallezca después del cierre del plazo y antes del 30 de junio, siempre que lo solicite por escrito dentro de ese período, tenga 18 años cumplidos y acredite los requisitos exigidos.
Los supuestos contemplados incluyen precariedad socioeconómica en la unidad familiar, precariedad sociosanitaria y casos de mujeres mayores de edad o menores emancipadas que acrediten haber sufrido violencia de género durante 2025.
¿Cómo se perciben las Ayudas Económicas Individuales en el extranjero?
Las ayudas se abonan en euros y están destinadas a cubrir necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria cuando no exista cobertura suficiente en el país de residencia. Se trata de un apoyo económico extraordinario, por lo que no constituye una prestación periódica ni permanente.
El presupuesto total asignado para 2026 asciende a 3.596.630 euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 14.05.312C.480.0 (acciones de políticas migratorias) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
El crédito se distribuye en dos grandes bloques. Por un lado, 1.149.123 euros están destinados a solicitantes procedentes de países iberoamericanos con los cuales el Estado español no tenga firmados convenios bilaterales en materia de seguridad social.
Por otro, 2.447.507 euros corresponden a solicitantes que residan en países con convenio bilateral vigente.
En caso de no agotarse alguno de los créditos, la cuantía sobrante podrá asignarse a cualquiera de los otros supuestos.
Incluso se prevé la posibilidad de ampliación presupuestaria, si existen mayores disponibilidades y se aprueba la modificación correspondiente, aunque ello no implicará la apertura de un nuevo plazo.

¿En qué consta el trámite para acceder a las Ayudas Económicas Individuales en el extranjero?
El procedimiento debe realizarse mediante el modelo normalizado (anexo I), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. La convocatoria establece un plazo de dos meses que comenzó el 6 de febrero a las 9:00 y finalizará el 6 de abril de 2026 a las 20:00.
Las solicitudes pueden presentarse preferentemente a través de entidades colaboradoras en distintos países. En Argentina, ante la Delegación de la Xunta de Galicia en Buenos Aires; en Uruguay, en la Delegación en Montevideo.
En Brasil, se podrá gestionar ante la Peña Galega da Casa de España de Río de Janeiro, la Sociedade Hispano Brasileira de Socorros Mútuos e Instrução en São Paulo, la Sociedade de Socorros Mútuos e Beneficente Rosalía de Castro en Santos y la Asociación Cultural Hispano-Gallega Caballeros de Santiago en Salvador de Bahía.
En Cuba, el trámite puede realizarse en la Federación de Sociedades Gallegas en La Habana. En Venezuela, ante la Hermandad Gallega de Venezuela en Caracas, la Hermandad Gallega de Valencia, el Centro Gallego de Maracaibo, el Centro Gallego de Puerto la Cruz y la Asociación Fillos de Galicia dos Estados de Aragua e Lara, en Maracay.
También puede presentarse en la sede de la Secretaría Xeral da Emigración en Santiago de Compostela o en los lugares previstos por la Ley 39/2015.
¿Cómo realizar la solicitud de las Ayudas Económicas Individuales para la nacionalidad española?
El primer paso es verificar el cumplimiento de los requisitos: nacionalidad española, vínculo con un municipio gallego en el PERE y residencia en un país contemplado por la convocatoria. Luego debe completarse el formulario oficial disponible en la sede electrónica.
Es fundamental adjuntar la documentación que acredite la situación de necesidad económica o sociosanitaria, así como los datos de la unidad familiar. En casos de violencia de género, deberán incorporarse las acreditaciones correspondientes.
El trámite puede realizarse de manera presencial en las entidades habilitadas o conforme a las modalidades previstas en la normativa administrativa española. Si el último día del plazo fuera inhábil, se prorrogará al primer día hábil siguiente.
Para consultas, la Secretaría Xeral da Emigración dispone de los teléfonos 981 547291 y 981 547289, y del correo electrónico accion.social.emigracion@xunta.gal, a través del Servizo de Programas Sociais.
¿Cuáles son las siete recomendaciones para acceder a las Ayudas Económicas en euros?
Para evitar rechazos o demoras, especialistas en gestión migratoria aconsejan seguir estas siete recomendaciones clave:
- Verificar con antelación la inscripción correcta en el PERE vinculada a un municipio gallego.
- Confirmar que el país de residencia esté dentro de los contemplados por la base de cálculo de prestación por necesidad.
- Reunir toda la documentación socioeconómica antes de iniciar la carga del formulario.
- Revisar que los datos personales coincidan exactamente con los registros oficiales.
- Presentar la solicitud con suficiente antelación y no esperar al último día.
- Conservar copia completa del expediente presentado.
- Utilizar los canales oficiales de consulta ante cualquier duda.
El cumplimiento riguroso de estos pasos puede resultar determinante en un programa que, aunque no competitivo, exige acreditar cada condición establecida en la resolución.
Con un presupuesto millonario y un plazo claramente delimitado, la convocatoria 2026 representa una oportunidad concreta para emigrantes gallegos con nacionalidad española que atraviesan situaciones de vulnerabilidad en el exterior y requieren apoyo económico urgente.








B tarde mi mamá es descendientes de gallego y se hizo su ciudadanía por LMD 20/20 no es hija de los.nacido en galicia sino bisnieta esta enferma tiene derecho a esta ayuda ?