El acceso a la residencia legal en Estados Unidos para médicos cubanos o sus familiares depende de un proceso poco difundido que exige cumplir requisitos específicos: el Parole especial. Esta nota explica cuáles son los programas vigentes, cómo aplicar a cada uno y qué condiciones hay que cumplir en 2025 para evitar demoras o rechazos.
Profesionales médicos cubanos y sus familiares tienen desde hace años la posibilidad de acceder a un permiso especial (Parole) para obtener la residencia legal en Estados Unidos, gracias a programas creados en el marco de acuerdos migratorios bilaterales.
Aunque uno de esos programas fue cancelado en 2017, siguen vigentes ciertos procedimientos para quienes iniciaron sus solicitudes antes de esa fecha y para quienes acceden a procesos de reunificación familiar con parole.
Estos programas, gestionados por el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) y USCIS, funcionan bajo distintas condiciones legales y fechas límite.
Se aplican exclusivamente a nacionales cubanos que cumplan con los criterios establecidos y requieren documentación específica, exámenes médicos, verificación de antecedentes y aprobación discrecional.
La implementación del parole permite no solo la entrada legal al país, sino también la posibilidad de obtener autorización de trabajo e incluso una green card bajo la Ley de Ajuste Cubano.
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¿Cómo funciona el Parole especial para médicos?
El Programa de Permisos para Profesionales Médicos Cubanos (CMPP) fue creado en 2006 y permitía a médicos y personal sanitario enviados por el gobierno cubano a terceros países solicitar permiso de ingreso a Estados Unidos.
El 12 de enero de 2017, este programa fue oficialmente finalizado como parte de la normalización de relaciones entre EE.UU. y Cuba, eliminando también la política de «pies secos/pies mojados». Sin embargo, se mantuvo vigente para quienes iniciaron su solicitud antes del cierre.
USCIS continúa procesando esas solicitudes iniciadas antes del 12 de enero de 2017, tanto para solicitantes principales como para familiares acompañantes —cónyuge e hijos solteros menores de 21 años—.
Dependiendo de la fecha en que fue aprobado el permiso del profesional médico, había plazos concretos para solicitar el ingreso de los familiares: hasta el 12 de julio o el 24 de agosto de 2017, según corresponda.
Este permiso no equivale a una visa de inmigrante, pero permite la permanencia temporal legal en Estados Unidos y abre la posibilidad de solicitar la residencia legal al año de estadía, bajo la Ley de Ajuste Cubano de 1996.
Es importante destacar que no se aceptan nuevas solicitudes de CMPP.
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¿Qué es y cómo funciona el Programa de Permiso de Reunificación Familiar con Parole?
El Programa de Permiso de Reunificación Familiar Cubano (CFRP), creado en 2007, permite a ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales solicitar permiso de ingreso para sus familiares en Cuba, sin necesidad de esperar la disponibilidad de una visa de inmigrante.
A partir del 11 de agosto de 2023, el proceso fue modernizado, permitiendo que partes del trámite se hagan en línea mediante el Formulario I-134A.
Para participar, el peticionario debe haber presentado un Formulario I-130 aprobado y recibido una invitación oficial del Centro Nacional de Visas (NVC).
El permiso concedido bajo este programa es temporal, por un periodo de hasta tres años, y permite a los beneficiarios solicitar una autorización de empleo. Después de un año, pueden aplicar al estatus de residente legal si son elegibles bajo la Ley de Ajuste Cubano o si su visa ya está disponible.
Los pasos clave del proceso incluyen la presentación del I-134A, verificación de antecedentes, examen médico, entrevista consular, emisión del permiso y, finalmente, entrada legal al país.
A partir de la entrada, los beneficiarios deben cumplir con las obligaciones migratorias, como registrar su dirección y evitar presencia ilegal para no perder el estatus.
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¿Cuáles son las 5 condiciones que tienen los médicos y la de los familiares?
Para acceder o mantener el permiso bajo cualquiera de estos programas, los médicos y sus familiares deben cumplir con cinco condiciones esenciales:
- Aprobar las verificaciones de antecedentes. Esto incluye historial penal y de seguridad.
- Superar el examen médico de inmigración. Realizado por médicos designados oficialmente.
- Demostrar admisibilidad a Estados Unidos. No tener violaciones migratorias graves u otros impedimentos legales.
- Justificar un ejercicio favorable de discreción. USCIS evalúa cada caso de forma individual.
- Tener una relación familiar clara y documentada con el peticionario. Esto incluye cónyuge o hijos menores de 21 años.
Para los familiares, además de estar incluidos en el I-130, deben cumplir con los criterios de edad y soltería.
No se permite el parole para familiares inmediatos de ciudadanos estadounidenses que ya puedan obtener una visa directamente (como cónyuges o hijos menores). Además, si un beneficiario se casa o supera la edad límite durante el proceso, podría quedar excluido.
Los beneficiarios con permiso otorgado pueden solicitar una autorización de empleo mediante el Formulario I-765 y, eventualmente, aplicar al estatus de residente permanente legal. Es clave evitar la acumulación de presencia ilegal, ya que podría impedir futuros trámites migratorios.








Hola, soy Cubana ,me pueden informar ,como puedo acceder a este programa de visas , siendo Licenciada en laboratorio Clínico y mi esposo ser residente EUA de hace 2 años por reclamación familiar de su hija