La Ley de Nietos permite acceder a la spanish citizenship mediante distintos documentos a los que puedes acceder por internet y que debes conocer cómo sea tu caso. En esta nota abordamos el Anexo 1: quiénes pueden solicitar por esta vía, qué documentación necesitan, y cuáles son los puntos clave que no deben pasar por alto.
Miles de descendientes de españoles en América Latina y otras partes del mundo han comenzado a tramitar la ciudadanía española gracias a la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos.
Esta normativa contempla varios escenarios de solicitud, organizados por supuestos que se traducen en formularios consulares llamados “anexos”. Uno de los más utilizados es el Anexo 1.
El procedimiento puede realizarse en los consulados españoles del país de residencia del solicitante. Exige cumplir con una serie de requisitos documentales y probar el vínculo con el familiar español.
El proceso está vigente desde octubre de 2022 y se extenderá, en principio, hasta finales de 2025. En esta nota se detalla qué implica el Anexo 1, quiénes pueden solicitar por esta vía y cuáles son los cinco aspectos más relevantes que todo postulante debe conocer.
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¿Qué es el Anexo 1 de la Ley de Nietos?
El Anexo 1 de la Ley de Memoria Democrática (Ley de Nietos) se refiere al formulario y supuesto legal que habilita a nietos e hijos de españoles a solicitar la nacionalidad española de origen.
Este supuesto está dividido en dos subgrupos: el 1A, que abarca a personas nacidas fuera de España descendientes directos de ciudadanos españoles; y el 1B, que incluye a quienes, además, deben probar que su familiar español fue exiliado por causas políticas, ideológicas, de creencias o de orientación e identidad sexual.
En el caso del subgrupo 1A, basta con acreditar que el padre, madre, abuelo o abuela del solicitante eran originariamente españoles.
En cambio, en el subgrupo 1B es necesario demostrar que ese familiar perdió o renunció a la nacionalidad como consecuencia del exilio.
Para los exiliados, se presume esta condición si la salida de España se produjo entre el 18 de julio de 1936 y el 31 de diciembre de 1955. Si fue posterior, es obligatorio documentar esa condición con pruebas adicionales.
Los ejemplos son múltiples: María, nieta de un español exiliado en 1939 por la Guerra Civil; Carlos, hijo de una madre perseguida políticamente en 1950; o Lucía, nieta de una mujer que emigró en 1970 por su orientación sexual. Todos ellos podrían calificar por el Anexo 1 si cumplen con los requisitos probatorios y documentales exigidos.
Este supuesto ha sido uno de los más usados desde que entró en vigencia la Ley 20/2022, dado que muchos descendientes cuentan con documentación de sus abuelos españoles y pueden reconstruir con mayor claridad las circunstancias del exilio familiar.
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¿Quiénes pueden presentarse por Anexo 1 y qué documentos deben reunir para la Ley de Nietos?
Pueden presentarse quienes nacieron fuera de España y sean nietos, nietas, hijos o hijas de ciudadanos que fueron originariamente españoles. Es decir, que hubieran nacido en España o que tengan constancia documental de su nacionalidad originaria. El vínculo debe poder probarse de manera fehaciente.
En el caso de presentar por Anexo 1A, los documentos obligatorios incluyen el formulario Anexo 1 completo y firmado, la hoja de datos personales, copia del DNI con domicilio en la demarcación consular, el acta de nacimiento del solicitante apostillada, el acta de nacimiento del padre, madre, abuelo o abuela españoles, y documentación que acredite el estado civil de los progenitores y ascendientes, como libretas de familia o partidas de matrimonio.
Si se tramita por Anexo 1B, se deben agregar documentos que demuestren la condición de exiliado del familiar español.
Esto puede hacerse con documentación oficial española (como certificados de pensiones para exiliados), papeles de la Oficina Internacional de Refugiados, certificaciones de partidos políticos o entidades que trabajen con la memoria histórica, pasaportes con sellos de entrada a países de acogida, registros consulares o pruebas de adquisición de otra nacionalidad durante el exilio.
En todos los casos, los documentos deben presentarse con original y copia, y estar legalizados con la Apostilla de La Haya si provienen de países firmantes del convenio. Si el solicitante no reside en la demarcación consular donde presentará la solicitud, es fundamental revisar si el consulado correspondiente exige requisitos adicionales.
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¿Cuáles son los cinco aspectos fundamentales para solicitar la spanish citizenship por Anexo 1?
El primer aspecto fundamental es la correcta identificación del supuesto legal que te corresponde. Es necesario entender si tu caso es el de un nieto de un español sin exilio (1A) o con exilio (1B). Esta distinción impacta directamente en los documentos que deberás presentar.
En segundo lugar, se debe reunir toda la documentación con tiempo y en forma. No basta con tener actas de nacimiento o certificados de nacionalidad: deben estar actualizados, legalizados y traducidos si están en otro idioma.
Además, cada documento debe coincidir en datos como nombres completos y fechas, evitando contradicciones que podrían demorar el trámite.
Un tercer aspecto clave es la acreditación de la condición de exiliado, si aplica. Aunque la ley presume esa condición en ciertas fechas, aportar documentación que lo respalde refuerza el expediente.
Las pruebas más reconocidas incluyen registros de exilio, participación en pensiones o pertenencia a organizaciones vinculadas con el exilio español.
El cuarto punto es respetar el procedimiento consular según la jurisdicción del solicitante. Cada Consulado General de España puede aplicar pequeños cambios en el procedimiento, según el país.
Por eso, es importante seguir las instrucciones del consulado correspondiente y no generalizar pasos que se aplican en otra demarcación.
Finalmente, el quinto aspecto es presentar el expediente completo desde el primer momento, ya que muchos consulados no admiten la entrega parcial.
Un expediente incompleto podría ser desestimado o recibir requerimientos que alarguen el proceso por varios meses. Es recomendable revisar dos veces cada documento antes de la cita.
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