La Ley de Nietos y fundamentalmente la tramitación del pasaporte español requieren de la previa inscripción en el Registro de Matrícula Consular, que actualmente se realiza, en términos generales, de manera presencial. A partir del próximo año el trámite se podrá realizar enteramente desde internet, facilitando la base de otras gestiones.
El Gobierno español ha dado un importante paso hacia la modernización de los trámites consulares al aprobar un Real Decreto que permitirá realizar, a partir del próximo 2 de abril, la inscripción en el Registro de Matrícula Consular (RMC) de manera telemática, fundamental para la gestión de la Ley de Nietos y del pasaporte español.
Este cambio, que forma parte de un ambicioso plan de digitalización de la Administración Pública, tiene como objetivo agilizar los procesos y facilitar el acceso a servicios consulares a millones de españoles que residen en el extranjero.

El Consejo de Ministros aprobó esta nueva normativa, publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 2 de octubre, en respuesta a la creciente necesidad de modernizar la Administración consular. La población española residente en el exterior ha aumentado considerablemente en las últimas dos décadas, llegando a más de 3 millones de personas.
Con esta nueva medida, las personas que deseen inscribirse, modificar sus datos o solicitar una baja en el Registro de Matrícula Consular podrán hacerlo a través de internet, sin necesidad de desplazarse físicamente a una oficina consular.
La inscripción en el Registro de Matrícula Consular es crucial para los españoles en el extranjero, ya que les permite acceder a servicios como la protección consular, el derecho al voto y la obtención de documentos oficiales como el pasaporte, además de ser un requerimiento crucial para obtener un turno en los consulados que lo requieren para la Ley de Nietos.
Este avance tecnológico también incluye la creación de un Número de Identificación Consular Central (NICC), que será único para cada persona y facilitará todos los trámites consulares, según prometen desde la administración central.
No obstante, no hay avances en otras materias que reclaman hace largo tiempo los españoles en el extranjero, como la posibilidad de tramitar sus DNI desde el exterior o, entre quienes son descendientes, contar con un sistema más ágil para la tramitación de la nacionalidad española.
La iniciativa entrará en vigor en el transcurso del próximo año 2025, una vez que la implementación progresiva del sistema digital sea completada, explicaron las autoridades. El proceso comenzará a implementarse el 2 de abril.
En un plazo máximo de un año, los consulados en todo el mundo estarán habilitados para gestionar estos trámites de manera completamente digital, lo que beneficiará tanto a los españoles residentes como a aquellos que se encuentran temporalmente en el extranjero.
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Si eres nuevo en estos asuntos, te invitamos a visitar nuestras secciones especialmente dedicadas a la obtención de la ciudadanía española, el pasaporte español, y la Ley de Nietos (con todo lo que necesitas saber sobre el trámite y diferentes anexos).
Si estás interesado en conocer detalles sobre el anuncio de prórroga de la ley de Nietos, en este informe te contamos todo sobre ello y los simples requisitos que hay que cumplir.
¿Para qué sirve en el trámite de la Ley de Nietos y el pasaporte español la Matrícula Consular?
La Matrícula Consular es un registro esencial para los españoles que residen o se encuentran temporalmente en el extranjero, especialmente cuando se trata de acceder a derechos como la obtención del pasaporte y el reconocimiento de la nacionalidad española bajo la Ley de Nietos.
Este registro permite que los ciudadanos sean reconocidos oficialmente por el consulado del país en el que residen, lo que facilita la prestación de servicios consulares.
En el marco de la Ley de Nietos, la inscripción en el Registro de Matrícula Consular es clave para aquellos descendientes de españoles que, en algunos consulados, deseen adquirir un turno para tramitar la nacionalidad. El sistema de turnos solicita la clave que aporta el registro.
El RMC garantiza que los ciudadanos puedan gestionar su solicitud de pasaporte español y acceder a otros servicios consulares sin inconvenientes.
Para aquellos que no residen de manera permanente en España, es indispensable estar inscritos como residentes en el Registro de Matrícula Consular para poder realizar trámites importantes como la obtención de documentos oficiales y el ejercicio del derecho al voto.
Además, la Matrícula Consular es fundamental para que los consulados puedan ofrecer protección consular a sus ciudadanos, lo que incluye asistencia en situaciones de emergencia o repatriación en casos de conflicto.
Este registro no sólo afecta a los españoles que buscan obtener o renovar su pasaporte, sino también a aquellos que, bajo la Ley de Nietos, pretenden regularizar su situación legal como descendientes de ciudadanos españoles.
¿Cómo vas a poder tramitar la Matrícula Consular en el 2025?
A partir del 2 de abril del año 2025, comenzará a aplicarse el cambio que permitirá que los trámites relacionados con la Matrícula Consular puedan realizarse de manera telemática, lo que marcará una revolución en la forma en que los ciudadanos españoles en el extranjero acceden a los servicios consulares.
Este proceso de digitalización permitirá que las personas puedan realizar su inscripción, baja o modificación de datos desde cualquier lugar del mundo, sin la necesidad de acudir físicamente a una oficina consular.
El nuevo sistema se implementará a través de la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación.
Los usuarios podrán acceder al portal, identificarse de manera segura mediante sistemas de firma electrónica reconocidos por la normativa española y completar los formularios necesarios de manera digital. El acceso a este servicio se realizará mediante el uso de un DNI electrónico o un certificado digital, facilitando una autenticación segura.
Este avance permitirá que los ciudadanos puedan gestionar sus trámites desde la comodidad de sus hogares, reduciendo los tiempos de espera y eliminando la necesidad de viajes largos o citas presenciales en las oficinas consulares.
Para aquellos que lo prefieran, la posibilidad de realizar los trámites de manera presencial seguirá existiendo, pero la mayoría optará por la vía telemática debido a su comodidad y eficiencia.
La creación del Número de Identificación Consular Central (NICC) será otra novedad del sistema telemático. Este número único acompañará al ciudadano a lo largo de su vida y permitirá realizar todos los trámites consulares de manera más ágil.
El NICC garantizará una gestión más eficiente de los expedientes consulares, simplificando procesos que antes podían resultar engorrosos.
¿Cómo será el procedimiento para realizar el trámite del Registro de Matrícula Consular?
A partir del 2025, el trámite del Registro de Matrícula Consular podrá realizarse de manera digital o presencial. El proceso, paso por paso, será el siguiente:
- Acceso a la sede electrónica. Las personas de nacionalidad española podrán acceder a la sede electrónica del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. Este portal permitirá realizar la inscripción, modificación de datos o baja en el Registro de Matrícula Consular, así como obtener certificados de alta o baja.
- Identificación electrónica. Los usuarios deberán identificarse utilizando uno de los métodos de identificación establecidos por la Ley, como el DNI electrónico, certificado digital o la plataforma Clave, garantizando la autenticación segura de la identidad.
- Solicitud del trámite. A través del portal, el solicitante completará los formularios requeridos, como los modelos de inscripción de residente o no residente (según su situación). Se deberá adjuntar la documentación que acredite su identidad y nacionalidad española, además de pruebas de residencia o datos personales adicionales como teléfono o correo electrónico.
- Firma electrónica. En aquellos casos en los que se requiera firma, esta podrá realizarse mediante firma electrónica reconocida. El Ministerio habilitará un sistema de certificados electrónicos cualificados para aquellos que no posean un DNI en vigor.
- Validación de datos. Una vez presentada la solicitud, la Oficina Consular validará los datos del solicitante. En el caso de los residentes, también se realizará la inscripción automática en el Padrón de Españoles Residentes en el Extranjero (Pere) y en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (Cera), si corresponde.
- Notificación del estado del expediente. A través de la misma plataforma, el solicitante podrá consultar el estado de su expediente o aportar documentación adicional si así lo solicita la Oficina Consular.
- Emisión de certificados. El solicitante podrá descargar de forma digital los certificados de alta, baja o residencia una vez finalizado el trámite.
Este proceso será opcional para aquellos que prefieran realizar el trámite de manera presencial, manteniéndose la posibilidad de acudir a la Oficina Consular para la inscripción o gestión de sus datos. A la vez se habilitará el envío por correo postal en casos excepcionales.
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¿A través de qué procedimiento se obtiene la Matrícula Consular actualmente?
Actualmente, el procedimiento para inscribirse en el Registro de Matrícula Consular requiere, en la mayoría de los casos, la presencia física del interesado en la oficina consular correspondiente.
Los ciudadanos deben presentar varios documentos que acrediten su identidad y nacionalidad española, así como pruebas de residencia en la demarcación consular. Este trámite puede realizarse como residente o no residente, dependiendo de la situación del solicitante.
Para inscribirse como residente, el interesado debe rellenar un formulario y presentar una fotocopia de su DNI o pasaporte español.
Además, debe aportar un documento que pruebe su residencia en el extranjero, como un contrato de alquiler o una carta del empleador. También se requiere una fotografía tamaño carnet y, en el caso de menores de edad, la documentación debe ser presentada por los progenitores o tutores legales.
El proceso de inscripción como no residente es similar, pero está dirigido a aquellos ciudadanos que se encuentran temporalmente en el extranjero y no desean fijar su residencia permanente en otro país.
Esta inscripción no es obligatoria, pero es altamente recomendable, ya que permite acceder a servicios consulares durante la estancia temporal.
Una vez completada la inscripción, los ciudadanos pueden solicitar certificados de residencia, baja o alta en el registro, lo que facilita trámites importantes como la obtención de pasaportes o la gestión de derechos electorales.
Actualmente, la inscripción puede realizarse por correo electrónico o presencialmente, pero con la nueva normativa, se espera que el proceso telemático reemplace estas vías.
Para conocer más sobre el trámite, se puede acceder a este enlace.
¿Conoces el proyecto para la obtención de la nacionalidad española con mayor facilidad?
El proyecto de ley que promueve la reforma del Código Civil en materia de nacionalidad, presentado por el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior (CGCEE), busca simplificar y ampliar el acceso a la nacionalidad española, particularmente para los descendientes de emigrantes españoles.
Esta reforma es vista como un paso crucial para corregir las injusticias históricas que han afectado a los descendientes de españoles, especialmente aquellos que, por cuestiones de género o circunstancias administrativas, no han podido acceder a la nacionalidad.
Uno de los puntos más destacados de este proyecto es la eliminación de los plazos limitados que han caracterizado leyes anteriores, como la Ley de Memoria Histórica y la Ley de Memoria Democrática.
Bajo estas leyes, los descendientes de españoles tenían un tiempo limitado para solicitar la nacionalidad, lo que generó una gran demanda en los consulados y embajadas.
El nuevo proyecto busca ofrecer un acceso más permanente a la nacionalidad, eliminando las restricciones temporales y permitiendo que los descendientes de españoles puedan solicitar la ciudadanía en cualquier momento.

Además, se propone la simplificación del proceso para recuperar la nacionalidad para aquellos que la hayan perdido por razones administrativas o al adoptar otra ciudadanía.
El proyecto también introduce medidas para facilitar el acceso a la nacionalidad a los cónyuges de ciudadanos españoles, permitiéndoles adquirir la ciudadanía tras dos años de matrimonio.
Asimismo, elimina la necesidad de renunciar a la nacionalidad de origen para obtener la española, lo que facilitará el proceso para muchos solicitantes que actualmente deben elegir entre dos identidades nacionales.
De avanzar y ser aprobada esta propuesta, podría ocurrir que el acceso a la nacionalidad española sea mucho más sencillo y justo, eliminando barreras que han impedido que miles de descendientes de emigrantes españoles puedan ejercer su derecho a ser ciudadanos españoles.
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Muchas gracias a todos los que han hecho posible todos estos avances con respecto a la tramitación de la ciudadanía Española en mi caso como nieto de españoles, Gracias!