El pasaporte español se puede solicitar fuera de España, siempre y cuando el solicitante esté incluido en el Registro de Matrícula Consular que contempla dos formas de inscripción. En este informe conocerás todos los requisitos básicos para inscribirte en este registro de gran importancia y cómo hacer para tramitar el documento.
El Registro de Matrícula Consular (RMC) es un registro oficial donde se inscriben los ciudadanos españoles que residen en el extranjero. Este registro tiene como objetivo principal mantener un control de los españoles que viven fuera de nuestras fronteras y facilitarles la gestión de trámites administrativos y la prestación de servicios consulares. Es un paso fundamental para obtener el pasaporte español.
El RMC contempla dos tipos de inscripciones:
- Como residente. Los españoles que han establecido su residencia habitual en el extranjero deben inscribirse obligatoriamente como residentes en el Registro de Matrícula Consular.
- Como no residente. Los españoles que vayan a residir temporalmente en el extranjero pueden inscribirse como no residentes en el Registro de Matrícula Consular.
En este informe te presentaremos todos los detalles que necesitas dominar para inscribirte en el registro y facilitar la tramitación de tu pasaporte español.
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¿Qué implica estar inscripto en el Registro Consular que habilita el trámite de pasaporte español?
El alta como Residente en el RMC implica la inscripción en el Padrón de Españoles Residentes en el extranjero (Pere) y produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior.
Para los mayores de 18 años también implica la inscripción en el Censo de Españoles Residentes Ausentes (Cera), lo que tiene efectos sobre el censo electoral.
Vale mencionar que la inscripción como No residente no es obligatoria, aunque es muy recomendable porque facilita una gran cantidad de trámites para los ciudadanos españoles que se encuentran fuera de la península ibérica.
El alta como No residente en el RMC no produce la baja en el padrón del lugar de residencia anterior, lo cual evita incompatibilidades en otros trámites administrativos.
Se puede mantener el alta como no residente durante el tiempo máximo de un año. Si no se solicita la baja expresamente ni se solicita el alta como residente, al cabo de un año desde la inscripción como no residente, se producirá la baja automática en el RMC.
¿Qué documentos presentar para realizar el Alta de residente si quiero obtener el pasaporte español?
Los documentos a presentar para inscribirse en el RMC son los siguientes:
- Formulario de solicitud de inscripción como residente, que se descarga en el siguiente enlace, rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
- Formulario de declaración explicativa de elección de municipio a efectos electorales (Pere/Cera), que se descarga en este link, firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores, en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
- Fotocopia del DNI, si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
- Documento que pruebe la situación de residente.
- Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
- Fotocopia del libro de familia en el caso de inscripción de menores de edad.
En el último de los formulario, el solicitante indicará el municipio de inscripción a efectos electorales, que podrá ser el del último domicilio en España en el que se haya estado empadronado, o el municipio de mayor arraigo del solicitante o de sus progenitores, en el caso de españoles que nunca han residido en España
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¿Cuál es el procedimiento para ingresar al registro que me habilita para sacar el pasaporte español?
Para inscribirse al RMC hay dos opciones de Alta. Son las siguientes:
- Por correo electrónico, al mail del Consulado General de España, adjuntando toda la documentación requerida.
- Presencialmente en el Consulado General, sin cita previa, en horario de atención al público, con la documentación requerida y formularios ya cumplimentados y firmados.
¿Cómo hacer el Alta de no residente para sacar el pasaporte español?
Para tramitar el Alta de no residente en el RMC, se debe presentar la documentación siguiente: Formulario de inscripción como no residente, que se descarga en este enlace, rellenado y firmado por el solicitante o por uno de sus progenitores o tutores en el caso de menor de edad o persona incapacitada.
Fotocopia del DNI, si lo posee, o del pasaporte español o, en su defecto, partida literal de nacimiento expedida por el Registro Civil español.
Una fotografía tamaño carnet (en color, reciente, hecha de frente, sobre fondo blanco, sin gafas oscuras ni prendas que dificulten la identificación).
Hay dos opciones para solicitar el Alta de no residente en el RMC:
Por correo electrónico al mail del Consulado General, adjuntando toda la documentación requerida siempre.
Presencialmente en el Consulado General, sin cita previa, en horario de atención al público, con la documentación requerida y formularios ya cumplimentados y firmados.
¿Qué documentación debo presentar para tramitar el pasaporte español?
Los documentos necesarios para solicitar un pasaporte español son los siguientes:
- Pasaporte anterior.
- DNI en vigencia, si se posee.
- Si no tiene ninguno de los dos documentos anteriores o si éstos están caducados desde hace tres años o más, certificado literal de nacimiento expedido a los solos efectos de obtener pasaporte. Este documento debe ser expedido por el Registro civil español competente en los 6 meses anteriores a la solicitud de pasaporte.
- Si el nacimiento está inscrito en esta Oficina Consular no será necesario presentar este certificado.
- Una fotografía (32 x 26 mm.) reciente, a color, sobre fondo blanco, tomada de frente, sin gafas oscuras o prendas que impidan la identificación de la persona –se aceptan prendas que dejen visible el óvalo de la cara.
- Si el interesado nació fuera de España a partir del 9 de enero de 1985 y no está inscrito en este Consulado General, deberá presentar original y copia del acta literal de nacimiento española.
- Documento que pruebe la residencia en la demarcación consular. En el caso de binacionales, DNI argentino (original y fotocopia).
- Pago de la tasa. El importe de la tasa de visado. Se abona a través de Tarjetas de Débito (banco) o por transferencia bancaria. No se aceptan tarjetas de crédito.
El pasaporte se puede renovar siempre que quede menos de 1 año para su caducidad.
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