Además del empadronamiento en el padrón municipal de habitantes de España, existen claves para obtener la nacionalidad española por residencia sin la Ley de Nietos. En este informe te presentamos todo lo que debes conocer sobre los requerimientos que existen para obtener la naturalización si resides en la península ibérica.
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La nacionalidad española no sólo se obtiene a través de la Ley de Memoria Democrática (LMD), reconocida ampliamente como Ley de Nietos. También existe la vía de la residencia, que es una forma de adquirir la ciudadanía española para extranjeros que residen legalmente en el país durante un período determinado.
El plazo de residencia exigido varía según la nacionalidad del solicitante. Para la mayoría de los extranjeros, se requieren 10 años de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior a la solicitud.
En cambio, para los refugiados, apátridas, sefardíes originarios de España y Portugal, e hijos de españoles nacidos en el extranjero sólo se pide la comprobación de cinco años de residencia continuada.
Para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal, y personas que hayan estado sujetas a la tutela de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos, sólo deberán comprobar dos años.
Un matrimonio consumado en España requiere sólo de un año de residencia. El cónyuge deberá acreditar un año de casado y de residencia continuada. Y si el matrimonio tuvo un hijo, ese plazo se reduce a seis meses.
Para las personas nacidas en territorio español, que no hayan ejercido debidamente su derecho a la nacionalidad española por opción, y que hayan estado sujetos a la tutela de un ciudadano o institución española durante dos años consecutivos, incluso si continúan en esta situación en el momento de la solicitud, se solicita un año de residencia comprobada.
Además, los interesados deberán cumplir con algunos requisitos adicionales:
- Residencia legal. El extranjero debe haber estado residiendo en España con un permiso de residencia válido durante todo el período exigido.
- Continuidad de la residencia. La residencia no debe haber sido interrumpida por ausencias del territorio español que superen los 180 días (salvo en casos excepcionales).
- Buena conducta cívica. El solicitante no debe haber sido condenado por ningún delito ni haber sido sancionado por faltas graves.
- Integración. El solicitante debe demostrar un grado suficiente de integración en la sociedad española, mediante el conocimiento del idioma español y la cultura española.
En esta nota te presentamos las principales claves que debes conocer para acceder a este reconocimiento.
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Si eres nuevo en estos asuntos, te invitamos a visitar nuestras secciones especialmente dedicadas a la obtención de la ciudadanía española, el pasaporte español, y la Ley de Nietos (con todo lo que necesitas saber sobre el trámite y diferentes anexos).
Si estás interesado en conocer detalles sobre el anuncio de prórroga de la ley de Nietos, en este informe te contamos todo sobre ello y los simples requisitos que hay que cumplir.
Primera clave: realizar el empadronamiento para conseguir la nacionalidad española por residencia
Sin la Ley de Nietos de por medio, los interesados pueden establecerse en España y realizar los trámites, a su tiempo, para obtener el reconocimiento de la nacionalidad. Pero a la hora de acreditar el primer requisito (el de la residencia continuada por cierto tiempo) es necesario haber realizado un trámite que es fundamental y obligatorio para todos los habitantes de España: el empadronamiento.
El Padrón municipal de habitantes es el documento que los gobiernos locales en España utilizan para registrar los habitantes de la ciudad. Este padrón ayuda a llevar un control del número de personas, densidad y distribución en cada distrito.
Para realizar el empadronamiento, las personas pueden concurrir personalmente a la oficina de Padrón del municipio correspondiente. Dependiendo la localidad, será necesario solicitar una cita previa o incluso podrá realizarse todo el trámite en forma virtual. Una buena alternativa es visitar la web del municipio respectivo y consultar la modalidad de turnos para el empadronamiento.
Los requisitos para el empadronamiento son:
- Original y copia de documento de identidad (pasaporte en caso de los extranjeros o documento nacional en el caso de españoles o ciudadanos de la comunidad europea).
- Documento que acredite el permiso para habitar la vivienda: Puede ser un contrato de alquiler con el nombre del interesado, un título de propiedad y fotocopia del documento del titular de la misma. En algunos casos también se acepta un servicio a nombre del solicitante.
- En el caso de ser una familia, el original y copia de la libreta de familia es necesario para empadronar a los demás integrantes del hogar.
Con esos documentos, solo resta completar un formulario de empadronamiento y consultar en qué fecha estará listo el volante de empadronamiento (comprobante de trámite realizado), que se utiliza para cualquier trámite personal que lo requiera (como inscripción en la oficina de empleo, o solicitud de la tarjeta sanitaria).
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Segunda clave: ¿Cómo se tramita la nacionalidad española por residencia si soy cónyuge de un español?
La nacionalidad española por matrimonio implica los siguientes requisitos:
- Estar casado o casada con un ciudadano o ciudadana español al menos un año.
- El matrimonio debe ser válido según la legislación española y no estar en proceso de nulidad, separación o divorcio.
- Haber residido legalmente en España un año de forma continuada, desde la fecha del matrimonio, e inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
- Atención: este período se reduce a seis meses para quienes tengan hijos menores de edad o con discapacidad con nacionalidad española; para quienes sean víctimas de violencia de género; para quienes hayan sido objeto de matrimonio fraudulento.
- El solicitante no debe haber sido condenado por ningún delito durante el período de residencia en España, ni por ningún delito en el extranjero que, según la legislación española, sea punible con pena privativa de libertad superior a cinco años.
- No haber sido sancionado por la vía administrativa con expulsión del territorio nacional ni tener prohibida la entrada en el mismo.
- Acreditar una suficiente integración en la sociedad española. Esto se valora mediante la asistencia a cursos de lengua y cultura española, la realización de actividades de voluntariado o de participación en la vida social, cultural o económica de España.
La solicitud de nacionalidad española por matrimonio se presenta en el Registro Civil correspondiente al domicilio del solicitante. Se debe presentar el formulario de solicitud, que se descarga en este enlace, junto con la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos.
Tercera clave: realizar el trámite de nacionalidad española vía online
El trámite se puede realizar en internet, tras completar el formulario al que se accede desde esta página.
La presentación de la solicitud de nacionalidad española por residencia requiere, con carácter previo, el pago de la tasa mediante el impreso 790 código 026 en una entidad financiera colaboradora con la Agencia Tributaria. El importe de la tasa es de 104.05 €.
Podrás utilizar el modelo de presentación tanto si la solicitud es para ti mismo como si actúas en representación de un menor de 14 años o persona con la capacidad modificada judicialmente del que ejerces la patria potestad, tutela o curatela. También podrás cumplimentar la solicitud desde este formulario si actúas como representante del interesado y estás dotado de un mandato o poder que acredite dicha representación.
Durante la solicitud deberás aportar diversa documentación que debes digitalizar y adjuntar. Dispones de cuatro meses desde la fecha de creación para completar su solicitud, si pasado ese plazo no has firmado y enviado la solicitud, se borrará de manera automática.
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