Quienes planeen viajar a España de visita en 2026 para alojarse en casa de familiares o amigos deberán prestar especial atención a un documento clave: la carta de invitación. Requisitos, costos, plazos y situaciones en las que puede ser determinante marcarán la diferencia al solicitar el visado o ingresar al país.
Los viajeros que proyectan viajar a España de visita para estancias cortas deberán cumplir con un requisito que, en muchos casos, resulta determinante: la Carta de invitación.
Se trata de un documento oficial emitido por la Policía Nacional española que acredita que el visitante cuenta con alojamiento garantizado en un domicilio particular durante su permanencia en el país.
Es solicitada por el anfitrión en España y puede ser exigida tanto al tramitar el visado Schengen como al momento de ingresar al territorio español, dependiendo del país de origen del viajero y su situación migratoria.
La Carta de invitación aplica principalmente a personas que no disponen de visa Schengen automática o que, aun estando exentas de visado, se hospedarán en la vivienda de un familiar, amigo o conocido en lugar de un hotel u otro alojamiento turístico.
El documento certifica el compromiso del anfitrión de ofrecer alojamiento e, incluso, de asumir determinadas responsabilidades básicas durante la visita.
Sin embargo, no reemplaza otros requisitos obligatorios como seguro médico de viaje, acreditación de medios económicos suficientes o billete de regreso. Su correcta gestión, costos y plazos de tramitación son aspectos esenciales para evitar contratiempos.
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¿Qué es la Carta de invitación que necesitas si viajas a España de visita en 2026?
La Carta de invitación es un documento oficial expedido por la Policía Nacional que certifica que una persona residente legal en España ofrece alojamiento a un extranjero durante su estancia de corta duración.
No es una carta privada redactada entre particulares, sino un trámite administrativo formal gestionado ante la autoridad policial.
Su finalidad principal es servir como prueba de alojamiento cuando el visitante no cuenta con una reserva hotelera.
De este modo, las autoridades consulares o fronterizas pueden verificar que el viajero dispone de un lugar concreto donde hospedarse. Además, implica una declaración expresa del anfitrión sobre su vínculo con el invitado y el período durante el cual lo alojará.
Es importante subrayar que este documento no sustituye otros requisitos exigidos para ingresar al espacio Schengen.
Aunque la carta acredite alojamiento, el viajero deberá igualmente demostrar medios económicos suficientes para su manutención, seguro médico de viaje con cobertura adecuada y billete de regreso o de salida del territorio Schengen.
La exigencia de la Carta de invitación afecta principalmente a quienes no tienen visado Schengen automático y a quienes se hospedan en viviendas particulares.
En cambio, quienes optan por hoteles, hostales o apartamentos turísticos pueden acreditar alojamiento mediante reservas confirmadas y, en muchos casos, comprobantes de pago.
¿Cómo debes obtener la Carta de invitación y cuándo es válida si viajas a España de visita?
La Carta de invitación no la tramita el viajero, sino el anfitrión en España. Solo puede solicitarse de manera presencial ante la Policía Nacional, en la comisaría correspondiente al domicilio del anfitrión. No se gestiona online ni a través de terceros sin comparecencia personal.
Pueden iniciar el trámite ciudadanos españoles, ciudadanos de la Unión Europea con residencia en España y extranjeros con residencia legal vigente. El anfitrión debe acreditar su identidad y su domicilio, así como la disponibilidad real de la vivienda para alojar al invitado.
Entre la documentación habitual que debe presentar el anfitrión se encuentran:
- Documento de identidad (DNI en caso de españoles, o NIE/TIE para extranjeros residentes).
- Certificado de empadronamiento y prueba de domicilio (escritura de propiedad, contrato de alquiler o factura de servicios).
- Formulario oficial de solicitud de Carta de invitación.
- Justificante de pago de tasas administrativas mediante el modelo 790, código 012.
El trámite incluye el pago de dos tasas: una por la apertura del expediente y otra por la expedición del documento. En la práctica, el coste total suele situarse entre 80 y 90 euros por invitación, dependiendo de la actualización de tasas administrativas.
En cuanto a los plazos, no existe un término legal uniforme para su emisión. El tiempo de tramitación depende de la carga de trabajo de cada comisaría y puede oscilar entre 10 y 20 días hábiles o incluso más.
Por ello, se recomienda iniciar la gestión con suficiente antelación. La carta permite respaldar estancias de hasta 90 días dentro de un período de 180 días, conforme a las normas generales de corta duración del espacio Schengen.

¿Cuándo te van a solicitar la Carta de invitación si viajas a España de visita en 2026?
La Carta de invitación puede ser requerida en dos momentos clave del proceso migratorio. El primero es durante la solicitud del visado Schengen, si el viajero proviene de un país que exige visa para ingresar a España. En ese caso, el consulado correspondiente puede solicitar la carta como prueba formal de alojamiento.
El segundo momento en que puede exigirse es al ingresar al territorio español, incluso si el viajero está exento de visado. Las autoridades de control fronterizo tienen la facultad de requerir documentación que acredite el motivo y las condiciones de la estancia, incluida la prueba de alojamiento.
En el puesto fronterizo, junto con la Carta de invitación, pueden solicitarse otros documentos como seguro médico de viaje, acreditación de medios económicos suficientes y billete de salida del espacio Schengen. La ausencia de alguno de estos requisitos puede dar lugar a la denegación de entrada.
Aunque en la práctica no siempre se exige de manera estricta, dependerá de la evaluación individual que realicen las autoridades migratorias. Por ello, los especialistas recomiendan no asumir que, por estar exento de visado, no se necesitará la carta.
¿Quiénes pueden emitir una Carta de invitación si viajas a España de visita en 2026?
La solicitud de la Carta de invitación solo puede ser presentada por personas que residan legalmente en España. Entre ellas se encuentran los ciudadanos españoles, quienes pueden invitar a familiares, amigos u otras personas extranjeras para estancias de corta duración.
También pueden gestionarla ciudadanos de la Unión Europea que residan legalmente en territorio español. En estos casos, deberán acreditar su residencia y domicilio de la misma manera que cualquier otro solicitante.
Asimismo, los extranjeros con residencia legal vigente en España —acreditada mediante NIE o TIE— están habilitados para solicitar la carta. La clave es contar con situación administrativa regular y domicilio comprobable.
En cambio, personas que no residan legalmente en España no pueden tramitar este documento. La autoridad policial verificará la situación del anfitrión antes de iniciar el expediente, por lo que la regularidad migratoria es un requisito indispensable.
¿La Carta de invitación sirve para toda tu familia si viajas a España de visita?
La Carta de invitación puede incluir a varias personas dentro de un mismo expediente, por ejemplo, a distintos miembros de una familia que viajarán juntos. Sin embargo, todos los invitados deben estar claramente identificados en la solicitud y la autoridad evaluará si la vivienda dispone de espacio adecuado para alojarlos.
En el caso de familias —como padres e hijos— es habitual que se incluyan en una misma carta, siempre que el anfitrión acredite que el domicilio reúne condiciones suficientes. La capacidad del inmueble y el número de habitaciones pueden ser factores considerados en la evaluación.
También es posible incluir a personas sin vínculo familiar, como amigos, siempre que se justifique la relación y se detallen correctamente los datos de cada invitado. La transparencia en la información es fundamental para evitar observaciones o rechazos.
Si la Carta de invitación no resulta viable para todos los integrantes del grupo, existen alternativas. Entre ellas, la presentación de reservas hoteleras confirmadas o comprobantes de alojamiento turístico. En algunos casos, se combina estancia en vivienda particular con noches en hotel para cumplir con los requisitos de alojamiento exigidos por el consulado o las autoridades fronterizas.
¿Cuáles son las recomendaciones para utilizar la Carta de invitación si viajas a España de visita?
La principal recomendación es planificar con antelación. Dado que el trámite puede demorar varias semanas y que el documento original suele ser exigido por los consulados, se aconseja iniciar la gestión al menos uno o dos meses antes de la fecha prevista de viaje.
También es importante no confiar exclusivamente en la Carta de invitación. Este documento acredita alojamiento, pero no garantiza la concesión del visado ni la admisión en frontera. Debe ir acompañado de seguro médico válido, prueba de recursos económicos suficientes y documentación de viaje completa.
Entre los errores más frecuentes se encuentran solicitudes mal cumplimentadas, falta de documentación del anfitrión o intentos de presentar copias en lugar del original sellado cuando el consulado exige el documento físico. Además, en algunas comisarías puede haber demoras para obtener cita.
Como alternativa práctica ante retrasos o dificultades, muchos viajeros optan por presentar reservas de alojamiento turístico como respaldo adicional. Mantener la documentación organizada, completa y coherente con el motivo del viaje es clave para evitar contratiempos.







