Un cambio normativo confirmado por autoridades consulares modifica costos, plazos y alcances de un trámite clave para familias con vínculo italiano, que buscan transmitir la ciudadanía italiana a sus hijos menores. La medida abre una ventana temporal concreta y genera expectativas para 2026. Quiénes podrán acceder, bajo qué condiciones y cómo iniciar el proceso, en el desarrollo.
La ciudadanía italiana por beneficio de ley volvió al centro del debate en Latinoamérica tras una confirmación oficial que impacta directamente en los costos del trámite para determinados casos.
La novedad involucra a hijos menores nacidos en el extranjero y se apoya en reformas legales recientes que comenzarán a aplicarse de manera plena a partir de 2026, con reglas precisas y plazos definidos.
El anuncio se conoce en un contexto de alta demanda de trámites de ciudadanía italiana en la región y responde a consultas recurrentes sobre aranceles, requisitos y procedimientos.
La medida fue comunicada por autoridades consulares italianas y alcanza a presentaciones que se realicen dentro de plazos estrictos, siempre que se cumplan condiciones específicas establecidas por la ley.
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¿En qué casos la presentación del trámite de ciudadanía italiana será gratuita en Latinoamérica?
Desde el 1.º de enero, las declaraciones de voluntad de adquisición de la ciudadanía italiana por “beneficio de ley” para menores nacidos en el extranjero a partir del 24 de mayo de 2025 podrán presentarse sin costo.
La gratuidad se aplicará durante los tres años siguientes al nacimiento del menor o desde la fecha posterior en la que se establezca la filiación, incluida la adoptiva, con un ciudadano italiano.
Este beneficio alcanza exclusivamente a las declaraciones encuadradas en los supuestos previstos por la normativa vigente, en particular el inciso 1-bis del artículo 4 de la Ley n.º 91/1992 y el inciso 1-ter del artículo 1 de la Ley n.º 74/2025.
En ambos casos, la ley establece expresamente que no corresponde el pago del arancel de 250 euros cuando se cumplen todas las condiciones.
Es importante aclarar que la ciudadanía adquirida por beneficio de ley no se reconoce desde el nacimiento ni bajo el principio de iure sanguinis. Según el artículo 15 de la Ley n.º 91/1992, el menor adquiere la ciudadanía a partir del día siguiente a la presentación válida de la declaración exigida por la ley.
La gratuidad no elimina controles ni requisitos: la declaración debe realizarse de manera personal ante el funcionario consular delegado para funciones de Estado Civil, con documentación completa y dentro de los plazos establecidos.
¿Cuáles condiciones se deben cumplir para tramitar la ciudadanía italiana por beneficio de ley?
La normativa contempla dos grandes supuestos. El primero exige que uno de los padres sea ciudadano italiano desde el nacimiento. Quedan excluidos quienes hayan adquirido la ciudadanía por naturalización, matrimonio, beneficio de ley u otras vías derivadas. Esta condición debe verificarse con documentación oficial.
Además, ambos padres —o el tutor legal— deben presentar una declaración formal de voluntad dentro de los tres años desde el nacimiento del menor, desde que se establece la filiación con el ciudadano italiano o desde la definición de la adopción durante la minoría de edad.
Si las declaraciones no se presentan en el mismo momento, el requisito se considera cumplido en la fecha de la segunda presentación.
La ley prevé escenarios particulares: si primero hay reconocimiento por un progenitor extranjero y luego por el progenitor ciudadano italiano desde el nacimiento, el plazo de tres años comienza a contarse desde este último reconocimiento.
Si uno de los progenitores falleció o la filiación se establece con una sola persona, basta una sola declaración.
En caso de residencia legal del menor en Italia, la declaración puede presentarse incluso fuera del plazo de tres años, siempre que la residencia se mantenga de forma continua durante al menos dos años posteriores a la presentación.

¿Qué pasos debes completar para tramitar la ciudadanía italiana por beneficio de ley?
El procedimiento comienza con el registro en el portal Fast It. Quienes aún no estén inscriptos deben crear una cuenta, solicitar la visualización de la ficha de datos personales o inscribirse en el AIRE. Al finalizar, el sistema genera un código de solicitud indispensable para avanzar.
Luego, se debe enviar un correo electrónico al Consulado correspondiente, indicando en el asunto el nombre y apellido del menor junto con el código de solicitud, y adjuntando el acta de nacimiento. Tras la verificación formal y sustancial de la documentación, se asigna un “Codice Pratica”.
Con ese código, se solicita un turno a través del portal Prenot@mi para el servicio específico de adquisición de ciudadanía por beneficio de ley. El día del turno, ambos padres —o el solicitante que haya alcanzado la mayoría de edad— deben concurrir personalmente al Consulado con la documentación original.
El funcionario consular verifica nuevamente los requisitos y, si todo es correcto, procede a firmar la solicitud. La ciudadanía se adquiere a partir del día siguiente a la última firma válida.
¿Qué documentos deberás presentar para tramitar la ciudadanía italiana por beneficio de ley?
La documentación debe cargarse previamente en el portal Fast It y presentarse en original el día del turno. Se exige una autocertificación completa, copias de DNI del núcleo familiar, comprobantes de residencia en la circunscripción consular y el acta de nacimiento del menor.
Las actas deben ser partidas completas, no certificados, emitidas con sistema GEDO o en original con firma manuscrita, apostilladas cuando corresponda y traducidas íntegramente al italiano. Si fueron emitidas fuera de Argentina, requieren Apostilla del país de origen y traducción legalizada.
En casos de adopción o reconocimiento judicial, se deben presentar sentencias completas, con constancia de cosa juzgada, Apostilla y traducción. Para adopciones, además, se exige prueba de residencia previa de al menos dos años en Argentina y certificado de movimientos migratorios.
Cuando corresponda solicitar reembolsos por pagos realizados con anterioridad, el trámite debe gestionarse ante el Consulado General de Italia en tu circunscripción, que remite la solicitud al Ministero dell’Interno. Conocer cada detalle y respetar los plazos resulta clave para aprovechar un beneficio que, en determinados casos, será gratuito solo por tiempo limitado.







