Nuevas restricciones migratorias entraron en vigor en Estados Unidos el 9 de junio, con impacto directo en nacionales de varios países sin ciudadanía americana (US Citizenship). La decisión genera preocupación entre miles de familias y reactiva debates sobre derechos migratorios. Conoce en detalle cómo afectará esta medida y qué alternativas siguen vigentes.
Desde el 9 de junio, una nueva proclama presidencial firmada por Donald Trump ha endurecido de forma significativa las condiciones de ingreso a Estados Unidos para nacionales de varios países sin ciudadanía americana (o nacionalidad estadounidense).
Esta decisión incluye la suspensión de múltiples tipos de visas y forma parte de una política migratoria más restrictiva enfocada, según el gobierno estadounidense, en “proteger la seguridad nacional” frente a quienes no poseen US Citizenship.
La medida ya se implementa en todos los consulados y puestos fronterizos del país, afectando solicitudes de visado, procesos de reunificación familiar y permisos de ingreso temporal.
El anuncio fue recibido con sorpresa y descontento en ciudades como Miami, donde residen numerosas comunidades cubanas y venezolanas.
Las restricciones se justifican con argumentos de seguridad, aunque ya han sido calificadas como discriminatorias por múltiples voces del ámbito social y político.
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¿Cómo afectarán los cambios en la ciudadanía americana?
Las nuevas restricciones migratorias dispuestas por la Proclamación Presidencial de junio de 2025 suponen la suspensión de diversas categorías de visas para nacionales de Cuba y Venezuela.
Quedará prohibida la emisión de visados B1/B2 (negocios y turismo), F, M y J (estudio e intercambio), así como de visas de inmigrante en general. Esto significa que, a partir del 9 de junio, los ciudadanos de estos países no podrán obtener nuevas visas bajo estas categorías para ingresar a Estados Unidos.
No obstante, existen excepciones importantes que deben considerarse. La proclama no aplica a quienes ya posean una visa válida emitida antes de la fecha de entrada en vigor. Además, quienes se encuentren en Estados Unidos con visados vigentes no verán sus permisos anulados.
Otra excepción clave incluye a los residentes legales permanentes, conocidos como poseedores de green card, quienes podrán continuar entrando y saliendo del país sin restricciones adicionales.
Para las visas de empleo como las categorías O, H o L, si bien no han sido prohibidas, sí se prevé una importante reducción en el período de validez y condiciones de uso.
Estas restricciones parciales forman parte de una estrategia más amplia, y su implementación generará incertidumbre mientras las agencias federales definen cómo aplicarlas en cada consulado o puerto de ingreso.
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¿Cuáles son las posibles soluciones ante las nuevas restricciones en Estados Unidos?
Pese a la gravedad de las restricciones, no todas las vías legales han sido clausuradas. Una de las principales excepciones se encuentra en las solicitudes de reunificación familiar inmediata.
Las visas IR-1, IR-2 e IR-5 —para cónyuges, hijos menores y padres de ciudadanos estadounidenses, respectivamente— seguirán siendo procesadas. También permanecen activas las categorías de adopción internacional y los casos de ingreso por interés nacional.
Otra alternativa viable es el ingreso mediante otra nacionalidad. Aquellos ciudadanos de Cuba o Venezuela que cuenten con pasaporte de un país no afectado por las restricciones, como España o Italia, pueden utilizar ese documento para ingresar a Estados Unidos, siempre que su viaje cumpla con los requisitos generales de visado y no estén incluidos en otras listas de prohibición.
Existen también oportunidades limitadas para ingresar a través de visas de trabajo altamente calificadas, como H-1B, O-1 o P.
Sin embargo, su obtención será más compleja y su validez más reducida. El programa de asilo político, aunque más difícil de tramitar bajo las nuevas reglas, se mantiene como una opción legal para quienes enfrenten persecución o riesgo grave en su país de origen, siempre que puedan demostrarlo con documentación y siguiendo los procedimientos formales ante USCIS o mediante ACNUR.
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¿Cuáles son las 12 nacionalidades con ingreso vedado a los Estados Unidos, sin ciudadanía americana?
La proclama firmada por Trump el 4 de junio de 2025 ha restablecido y ampliado lo que se conocía como “travel ban”.
En esta oportunidad, 12 países han sido directamente vetados, sin posibilidad de que sus ciudadanos ingresen a EE.UU., salvo por contadas excepciones humanitarias o diplomáticas. Estos países son: Afganistán, Birmania (Myanmar), Chad, República del Congo, Guinea Ecuatorial, Eritrea, Haití, Irán, Libia, Somalia, Sudán y Yemen.
Además de estos, otros siete países, entre ellos Cuba y Venezuela, han sido incluidos en una lista de restricciones parciales.
Esto implica que los ciudadanos de estos países enfrentan limitaciones significativas, aunque no una prohibición absoluta.
Según el comunicado oficial de la Casa Blanca, estas restricciones obedecen a factores como la imposibilidad de verificar antecedentes penales, falta de colaboración gubernamental y altos índices de permanencia irregular en territorio estadounidense tras la expiración de visas.
La administración Trump citó específicamente que Cuba es un “patrocinador estatal del terrorismo” y que Venezuela “carece de un gobierno con mecanismos de control fiables”.
Ambas naciones, junto con los otros cinco países con restricciones parciales (Burundi, Laos, Sierra Leona, Togo y Turkmenistán), están sujetas a evaluaciones periódicas.
Las restricciones se mantendrán hasta que las autoridades estadounidenses consideren que las condiciones de verificación y cooperación han mejorado sustancialmente.
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