Una reforma estructural podría modificar de manera definitiva el acceso a la nacionalidad española para nietos y bisnietos, entre otros descendientes, en el exterior. El debate legislativo abre expectativas, dudas y oportunidades para miles de familias. Qué cambia, a quiénes alcanza y por qué los próximos meses serán determinantes.
España vuelve a poner en el centro del debate político la nacionalidad española para nietos y bisnietos por descendencia.
Durante 2026, el Congreso de los Diputados analizará una reforma del Código Civil que busca establecer una vía permanente para hijos, nietos, bisnietos y generaciones posteriores de españoles nacidos en el extranjero.
El proyecto surge tras el impacto masivo que tuvo la Ley de Memoria Democrática —popularmente llamada Ley de Nietos—, que habilitó durante un plazo extraordinario la solicitud de nacionalidad sin residencia en territorio español.
La discusión involucra al Parlamento, a organizaciones de españoles en el exterior y a miles de descendientes, especialmente en América Latina, donde comunidades como la cubana y la argentina concentraron una alta demanda.
El objetivo es corregir limitaciones detectadas en la aplicación práctica de la ley vigente, eliminar plazos y resolver desigualdades históricas en la transmisión de la nacionalidad, en un contexto de saturación consular y reclamos por mayor claridad jurídica.
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¿Cuál fue el problema de los bisnietos para obtener la nacionalidad española por Ley de Nietos?
La Ley de Memoria Democrática fue concebida como una herramienta de reparación histórica. Permitió que hijos y nietos de españoles exiliados o emigrados solicitaran la nacionalidad sin necesidad de residir en España. Y lo sigue haciendo para quienes presentaron sus solicitudes antes del 23 de octubre ante su consulado.
En teoría, también contemplaba supuestos en los que bisnietos podían acceder, siempre que se acreditara correctamente la cadena de transmisión.
Sin embargo, la aplicación de la norma fue irregular. Fundamentalmente al comienzo, la interpretación de las oficinas consulares fue en favor de las solicitudes de bisnietos, en algunos casos, y en contra en otros episodios marcadamente extendidos.
Además, no se trata de un reconocimiento permanente. Funcionó como una ventana extraordinaria con plazos definidos, que tras dos ampliaciones cerró el 22 de octubre de 2025. Esa fecha límite dejó fuera a quienes no lograron reunir la documentación a tiempo o no consiguieron turno consular antes del vencimiento.
En la práctica, muchos bisnietos enfrentaron obstáculos adicionales. Aunque la ley no establecía una exclusión explícita por generación, sí exigía una acreditación documental rigurosa de cada eslabón familiar.
Partidas de nacimiento, matrimonio y eventuales registros de pérdida o conservación de nacionalidad debían estar completos, legalizados y, en su caso, apostillados.
A esto se sumaron interpretaciones restrictivas en algunos consulados, que variaron según el país y la carga administrativa.
La enorme demanda saturó oficinas consulares en América Latina, generando demoras en la asignación de citas y en la tramitación de expedientes. Incluso solicitantes que aplicaron dentro del plazo denunciaron retrasos prolongados en la resolución de sus casos.
¿De qué se trata la nueva Ley de Nacionalidad española sin plazo y por qué beneficiaría a bisnietos?
El proyecto en debate propone una reforma estructural del Código Civil español para crear una vía permanente de acceso a la nacionalidad por descendencia. A diferencia de la experiencia anterior, no se trataría de una ley con fecha de caducidad, sino de un mecanismo estable y sin límites generacionales.
Entre los ejes centrales de la iniciativa se destacan la eliminación de plazos extraordinarios y la posibilidad de que bisnietos y generaciones posteriores acrediten su derecho sin depender de interpretaciones administrativas cambiantes.
La intención es que el acceso deje de estar sujeto a “ventanas” legislativas que generan picos de demanda y colapsos consulares.
Otro aspecto relevante es la corrección de desigualdades históricas vinculadas a la transmisión por línea materna. Antes de la Constitución de 1978, muchas mujeres españolas perdían su nacionalidad al casarse con extranjeros.
Esa situación afectó a sus descendientes, que en numerosos casos encontraron mayores dificultades para reconstruir la cadena documental.
Organizaciones como el Consejo General de la Ciudadanía Española en el Exterior han insistido en la necesidad de una norma permanente, sin caducidad, que garantice igualdad plena de género y seguridad jurídica.
De aprobarse, el nuevo esquema podría beneficiar directamente a bisnietos que hoy quedaron fuera o que dependen de interpretaciones restrictivas.

¿Qué debe pasar para una nueva Ley de Nacionalidad española sin plazo y por qué marzo es crucial?
Para que la reforma se convierta en ley, el proyecto debe atravesar varias etapas parlamentarias. Primero, la presentación formal del texto en el Congreso de los Diputados y su debate en comisión. Allí se analizan enmiendas, se escuchan aportes técnicos y se ajusta la redacción final.
Dado que el escenario político actual no presenta mayorías absolutas claras, las negociaciones entre grupos parlamentarios resultan determinantes. El consenso será clave para que el proyecto avance sin quedar bloqueado en comisiones o en el pleno.
Desde finales de 2025 se celebran audiencias públicas con expertos, representantes consulares y asociaciones de la sociedad civil. Estas instancias permiten incorporar observaciones prácticas surgidas de la aplicación de la ley anterior y dimensionar el impacto real de una norma permanente.
Marzo y abril de 2026 aparecen como meses decisivos. Se espera que en ese período se defina un calendario concreto de votaciones y se consoliden los acuerdos políticos necesarios antes del cierre de la legislatura.
La presión social y mediática, especialmente desde comunidades de descendientes en el exterior, se intensifica en esta etapa.
¿Qué deben hacer los bisnietos para reforzar actualmente su solicitud de nacionalidad española?
Aunque el plazo de la Ley de Memoria Democrática cerró en octubre de 2025, quienes presentaron su solicitud dentro del término aún pueden adoptar medidas para fortalecer su expediente.
Es fundamental verificar que la solicitud haya quedado formalmente registrada y no solo limitada a la obtención de una cita. Contar con número de expediente o constancia oficial de presentación resulta clave ante eventuales reclamos.
También se recomienda conservar copia de toda comunicación consular o del sistema telemático utilizado. Correos electrónicos, comprobantes y acuses de recibo pueden servir como prueba de que el trámite fue iniciado en tiempo y forma.
En cuanto a la documentación, es indispensable reunir y mantener actualizadas todas las partidas civiles que acrediten la cadena de descendencia: nacimiento, matrimonio y, en su caso, defunciones del antepasado español y de cada generación intermedia.
La correcta legalización y apostilla de estos documentos evita rechazos formales.
¿Cuáles son las diferencias entre bisnietos de bisabuelas con la Ley de Nietos?
Formalmente, la Ley de Memoria Democrática no estableció diferencias por género en la posibilidad de aplicar.
Se permitía acreditar ascendencia tanto por línea paterna como materna, siempre que se demostrara que el ascendiente español originario había perdido o renunciado a la nacionalidad en determinados contextos históricos.
No obstante, en la práctica, los casos vinculados a bisabuelas o abuelas españolas presentaron mayores complejidades documentales.
Muchas mujeres no fueron registradas correctamente en España o perdieron la nacionalidad automáticamente al contraer matrimonio con extranjeros antes de 1978, lo que generó vacíos en la cadena de transmisión.
Estas situaciones obligaron a reconstrucciones genealógicas más exhaustivas y, en algunos consulados, a interpretaciones más estrictas sobre la conservación o recuperación de la nacionalidad originaria.
Como consecuencia, bisnietos por línea materna denunciaron mayores barreras administrativas que quienes acreditaban ascendencia por línea masculina.
En foros y comunidades de descendientes se difundieron estrategias para adjuntar solicitudes a expedientes de padres o abuelos que aplicaron dentro del plazo, siempre que se pudiera demostrar la conexión directa.
También se compartieron alertas sobre diferencias de criterio entre consulados de distintos países, lo que evidenció la necesidad de una normativa más clara y homogénea.
La posible aprobación de una ley permanente, sin límites generacionales y con igualdad plena de género, busca precisamente superar estas asimetrías.
El debate en curso podría redefinir el vínculo jurídico entre España y millones de descendientes en el exterior, cerrando la etapa de leyes temporales y abriendo un nuevo capítulo en materia de ciudadanía.







