Un fallo judicial reaviva el debate sobre la protección migratoria de cientos de miles de residentes en Estados Unidos con TPS. La decisión cuestiona una medida clave del gobierno y abre interrogantes sobre el futuro inmediato de venezolanos y haitianos, sus derechos y la estabilidad de sus familias en el país.
Una corte federal de apelaciones de Estados Unidos declaró ilegal la decisión de terminar anticipadamente el Estatus de Protección Temporal (TPS, por sus siglas en inglés) para venezolanos y haitianos, una medida que había sido anunciada con impacto previsto para 2026.
El fallo involucra a cientos de miles de personas que viven y trabajan legalmente en el país bajo este programa migratorio.
La resolución fue emitida el miércoles 28 de enero de 2026 por un panel de tres jueces del Tribunal de Apelaciones del Noveno Circuito, que concluyó que la entonces secretaria de Seguridad Nacional, Kristi Noem, excedió su autoridad al poner fin al TPS antes de que expiraran formalmente las designaciones vigentes.
Aunque la decisión judicial no tiene efectos prácticos inmediatos por una intervención previa de la Corte Suprema, reabre un debate clave sobre los límites del poder ejecutivo en materia migratoria y el alcance de las protecciones temporales.
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¿Por qué la corte considera ilegal la terminación del TPS para venezolanos y haitianos?
El panel del Noveno Circuito sostuvo que la legislación que creó el TPS no otorga a la Secretaría de Seguridad Nacional la facultad de “vaciar” o anular una designación vigente antes de su vencimiento.
Según los jueces, el Congreso diseñó el programa con salvaguardas específicas para garantizar previsibilidad y estabilidad a quienes reciben esta protección.
En su voto principal, la jueza Kim Wardlaw explicó que la ley contempla procedimientos claros para otorgar, extender o finalizar el TPS, siempre respetando los plazos establecidos.
Terminar una designación de manera anticipada, sin cumplir esos pasos, fue considerado un exceso de autoridad administrativa.
La corte también destacó que el TPS no es una concesión discrecional absoluta, sino un estatus regulado por ley, creado en el marco de la Ley de Inmigración de 1990.
Esa norma permite proteger a personas provenientes de países afectados por guerras, desastres naturales u otras condiciones extraordinarias y temporales que impiden un retorno seguro.
En el caso de Venezuela y Haití, los jueces señalaron que no se demostró adecuadamente que las condiciones hubieran mejorado al punto de justificar una terminación anticipada.
Por el contrario, el expediente judicial incluyó abundante evidencia sobre crisis políticas, económicas y humanitarias persistentes en ambos países.
Uno de los magistrados, Salvador Mendoza Jr., fue más allá y sostuvo que existían indicios de prejuicio por origen nacional y racial en la decisión administrativa, lo que reforzó la conclusión de que la medida no se basó en criterios técnicos objetivos, sino en una decisión “predeterminada”.
¿Qué significa este fallo para los actuales beneficiarios del TPS y para sus derechos migratorios?
Desde el punto de vista jurídico, el fallo reafirma que los beneficiarios del TPS tienen derechos protegidos por la ley y que estos no pueden ser eliminados de manera arbitraria. La corte reconoció que la pérdida del estatus tuvo consecuencias reales y graves para miles de familias.
En su resolución, los jueces mencionaron casos de personas que, tras perder el TPS, fueron detenidas o deportadas, pese a no tener antecedentes penales, pagar impuestos y contar con vínculos familiares con ciudadanos estadounidenses. Ese impacto humano fue central en la argumentación judicial.
Sin embargo, en la práctica inmediata, la situación no cambia automáticamente. En octubre de 2025, la Corte Suprema de Estados Unidos permitió que la decisión de terminar el TPS siguiera vigente mientras se resuelve el caso de fondo.
Por eso, el fallo del Noveno Circuito tiene un fuerte peso legal y político, pero no restablece de forma automática las protecciones.
Aun así, el pronunciamiento fortalece las demandas judiciales en curso y ofrece un respaldo clave a los abogados que buscan suspender o revertir la terminación del TPS, especialmente en el caso de Haití, donde un juez federal de Washington debe decidir en los próximos días si pausa el fin del programa.
Para los beneficiarios actuales, el fallo representa una señal de que la legalidad de la terminación está seriamente cuestionada y que existen fundamentos sólidos para futuras resoluciones favorables.

¿De qué manera este fallo podría influir en ajustes futuros de estatus y protección temporal?
El TPS, por definición, no otorga un camino directo a la ciudadanía ni a la residencia permanente. Sin embargo, su vigencia permite a muchos beneficiarios explorar otras vías migratorias, como peticiones familiares, solicitudes de asilo o ajustes de estatus cuando la ley lo permite.
Al declarar ilegal la terminación anticipada, la corte refuerza la idea de que los beneficiarios deben contar con estabilidad temporal suficiente para planificar su futuro migratorio. La incertidumbre generada por decisiones abruptas puede afectar procesos en curso y cerrar oportunidades legales.
Además, el fallo podría influir en cómo futuras administraciones manejan el TPS. Establece un precedente claro: las designaciones no pueden ser canceladas sin respetar estrictamente los procedimientos y límites fijados por el Congreso.
En el plano legislativo, la decisión también puede reactivar el debate sobre la necesidad de crear soluciones permanentes para comunidades que llevan años bajo protección temporal. Venezolanos y haitianos, en muchos casos, han vivido más de una década en Estados Unidos bajo distintos programas.
Este antecedente judicial podría ser utilizado en otros casos similares, fortaleciendo la revisión judicial sobre decisiones migratorias que antes el gobierno consideraba fuera del alcance de los tribunales.
¿Cómo impacta esta decisión en la seguridad y permanencia de residentes sin ciudadanía americana?
La resolución pone en primer plano el concepto de seguridad jurídica para personas sin ciudadanía estadounidense que dependen de programas humanitarios. El tribunal subrayó que la previsibilidad es un elemento esencial del TPS, precisamente para evitar que miles de personas queden de un día para otro en situación irregular.
Para comunidades como la venezolana y la haitiana, el fallo reconoce su aporte social y económico, destacando que muchos beneficiarios son trabajadores activos, padres de hijos ciudadanos y miembros integrados en sus comunidades locales.
Aunque la amenaza de perder el estatus no desaparece de inmediato, la decisión reduce el margen de discrecionalidad del Ejecutivo y envía un mensaje claro sobre los límites legales en materia migratoria. Esto puede traducirse en mayor cautela al adoptar medidas similares en el futuro.
También impacta en la percepción de riesgo de deportación. Si bien la protección no se restablece automáticamente, el reconocimiento judicial de la ilegalidad de la medida fortalece las defensas legales de quienes enfrentan procesos migratorios derivados de la pérdida del TPS.







