Será a través del portal Prenot@mi del Ministerio del Exterior de Italia. Los turnos para ciudadanía italiana serán para los primeros meses del 2024 y no se informó el número de cupos que habrá disponibles.
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El Consulado General de Italia en Córdoba, es el organismo que tiene a su cargo el resguardo de los derechos de los italianos en las provincias de Catamarca, Córdoba, La Rioja, Jujuy, Salta, Santiago del Estero y Tucumán, todas en Argentina. También es la oficina donde se realizan los trámites de reconocimiento de la ciudadanía italiana de los residentes en esas provincias, un trámite que ha tenido una alta demanda en los últimos años.
Nuevos turnos de reconocimiento de ciudadanía italiana «iure sanguinis»
El organismo consular informó el miércoles pasado que se habilitarán nuevos turnos para la gestión de la ciudadanía italiana “iure sanguinis”, el próximo miércoles 1 de noviembre a partir de las 13 horas.
Desde el consulado no informaron hasta qué hora se podrán sacar los turnos, por lo que se presume que será hasta cubrir todos los turnos lo que, a estimar por la gran demanda de turnos en las anteriores convocatorias, será rápido.
Desde el organismo tampoco informaron cuántos turnos serán habilitados ni si tienen una estimación, pero sí aclararon a InfoCivitano que los mismos serán para los primeros meses del 2024.
La solicitud del turno no tienen ningún costo, pero al momento de presentarse (el día del turno) en el consulado, deberá abonarse una tasa de € 300 que debe ser abonada en pesos argentinos, en virtud de lo establecido por el Decreto-Ley n. 66 del 24 de abril de 2014. Cabe aclarar que al tratarse de una contribución obligatoria para el control y gestión de la documentación, no está ligado, en ningún modo al éxito de la solicitud y, por lo tanto, no es reembolsable.
Qué es la reconstrucción “iure sanguinis”
Tal como lo indica el propio portal web consular, para el Estado es ciudadano italiano el hijo nacido en Italia o en el exterior de padre o madre ciudadanos italianos. Sin embargo, los hijos nacidos antes del 1° de enero de 1948 son ciudadanos italianos sólo si nacidos de padre italiano pues la mujer italiana transmite la ciudadanía italiana a los hijos sólo a partir de esa fecha.
La transmisión de la ciudadanía italiana «iure sanguinis» por línea paterna no prevé límites generacionales pero no permite «saltos», es decir que ninguno de los ascendientes debe haber renunciado nunca a la ciudadanía italiana.
Cómo registrarse al turno
Como primera medida, los interesados deben tener habilitado su usuario del sistema de turnos consulares Prenot@mi. Para hacerlo, deben ingresar al portal del respectivo consulado y hacer click en la opción Prenot@mi y luego en la opción “registrati” (registrarse). Luego de completar datos personales, le llegará un correo electrónico de confirmación (en caso de que no llegue se recomienda revisar el correo no deseado), tras lo cual se deberá hacer clic en la opción de confirmar y el usuario quedará habilitado.
Al ingresar en el portal se podrá ver que hay un listado de los trámites que pueden realizar los interesados. Sin embargo, al hacer click en alguno de ellos, aparecerá un cartel indicando que no hay turnos disponibles por el momento.
Los turnos se habilitan en los días y horarios específicos que oportunamente comunica el consulado. En este caso, los turnos se habilitarán el miércoles 1 de noviembre a las 13, y solo para los usuarios registrados en domicilios cuya jurisdicción sea la del consulado de Córdoba (Provincias de Córdoba, Santiago del Estero, Catamarca, La Rioja, Tucumán, Salta y Jujuy).
Documentación a presentar para la ciudadanía italiana
Al momento del turno, los interesados deberán presentar: 1) Partida de Nacimiento del ascendiente nacido en Italia. 2) Certificado original de no naturalización (que indica que nunca renunció a la ciudadanía italiana), expedido por la Cámara Nacional Electoral. 3) Acta de matrimonio (si es casado). 4) Copia actualizada del DNI (si aún vive) o partida de defunción si ha fallecido.
Y de cada uno de los descendientes en línea recta: 5) Partida de nacimiento original. 6) Acta de matrimonio si fuera casado. 7) Partida de defunción, si hubiera fallecido o copia del DNI actualizada si aún vive.
Del solicitante: Partida de nacimiento, acta de matrimonio si fuera casado (no puede superar los 6 meses de antigüedad), copia de la sentencia de divorcio si la hubiera (ver otras particularidades en caso de separación o divorcio), partida de defunción del cónyuge (si es viudo/a), partida de nacimiento de los hijos menores de 18 años, copia del DNI del solicitante, cónyuge e hijos menores de 18 años.
También se debe presentar un comprobante de residencia a nombre del solicitante (factura de luz, gas, teléfono fijo, internet, cable).
Finalmente se deben presentar los giros postales correspondientes a la tasa consular para la revisión de la documentación, formulario de solicitud de ciudadanía italiana, completo y sin firmar.
Las actas (no certificados) deben ser originales, expedidas por la competente Oficina de Registro Civil y traducidas al italiano por un traductor público nacional matriculado.
Las actas emitidas por las Oficinas de Registro Civil antes del 1º de julio de 1990 o los documentos emanados por otras Administraciones argentinas (a excepción de la Cámara Nacional Electoral) deben estar legalizados con el sello «Apostilla» de la Convención de La Haya del 5.10.1961 (tramitado en el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto o en el Colegio de Escribanos de cada Provincia, si está autorizado).
En caso de que la documentación indique datos discordantes, es necesario obtener la rectificación por parte de la Autoridad competente.
Para más detalles sobre la documentación necesaria, se puede consultar la siguiente página web del consulado: Link







